Ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas y a las industriascárnicas para la mejora de las condiciones de eliminación de los subproductos, residuos y materiales específicos de riesgo.
Código de ayuda:
S05819/04Norma:
Resolución de 24 de febrero de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/03/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La evolución de la enfermedad de la encefalopatía espongiforme bovina(EEB) ha hecho necesaria la adopción de un conjunto de medidas, que afectan tanto a las explotaciones ganaderas como a las industrias cárnicas con el fin de garantizar a los consumidores la máxima seguridad alimenticia.
Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe del préstamo supondrá como máximo el 100% del total de la inversión.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
- Los titulares de las explotaciones o agrupaciones de explotaciones.- Las industrias cárnicas y de transformación de subproductos de origen animal.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Explotaciones ganaderas:La realización de inversiones cuyo objeto sea la instalación de depósitos y sistemas para el almacenamiento de los animales muertos hasta su retirada de la explotación, así como de sistemas de destrucción y tratamiento que se autoricen de conformidad con el Reglamento 1774/2002 y que contribuyen a disminuir el riesgo de difusión de enfermedades.
2. Productores de bovino:
La reposición de reproductores sacrificados como consecuencia de la aparición de foco de encefalopatía espongiforme bovina (EEB) en las explotaciones.
3. Sector agroindustrial:
Las líneas de ayuda se destinarán a las industrias cárnicas y a las industrias de transformación de subproductos de origen animal, para su adaptación a lo que se prevé en el Reglamento (CE) nº 999/2001 y en el Reglamento (CE) nº1774/2002.
Las inversiones subvencionables serán las siguientes:
a) La adaptación e instalación de maquinaria y equipamiento de extracción y manipulación de Materiales Específicos de Riesgo (MER).
b) La adquisición e instalación de equipamientos para el almacenamiento
de subproductos y MER hasta su retirada y/o destrucción.
c) Las inversiones para la adaptación de las industrias de transformación y/o destrucción de subproductos y MER a la normativa vigente en materia de sanidad y protección del medio ambiente.
d) Las inversiones para la adquisición de equipos, que permitan usos alternativos de los subproductos de origen animal.
Requisitos:
Sin especificar.Documentos asociados
Boletín:
04/03/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 30
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 30
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