Ayudas destinadas a mejorar las condiciones de producción y comercialización de los productos de la apicultura.
Código de ayuda:
S14591/20Norma:
ORDEN de 15 de abril de 2020. RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 25 de junio de 2020.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la presente orden es establecer la naturaleza y condiciones de las ayudas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, contempladas en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de los mercados agrarios, junto con el Reglamento Delegado 2015/1366 de la Comisión, por el que se completa el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y del Reglamento de Ejecución 2015/1368 de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Comercio
- Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarios de las ayudas contempladas en el presente decreto, sin perjuicio de las condiciones especificadas para cada medida:1. Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas incluidas aquéllas de titularidad compartida contempladas en la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias, que reúnan las condiciones establecidas.
2. Las Cooperativas de Primer y Segundo Grado y las Organizaciones de Apicultores con personalidad jurídica propia, que reúnan las condiciones establecidas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Asistencia técnica a las apicultoras y los apicultores y a sus agrupaciones.b) Lucha contra las agresiones y enfermedades de las colmenas.
c) Racionalización de la trashumancia.
d) Medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de los productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y a valorizar sus productos.
e) Mejora de la calidad de los productos con objeto de explotar el potencial de los mismos en el mercado.
Documentos asociados
Boletín:
17/04/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 74
Documento: Bases Reguladoras 2020 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
04/06/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 107
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
04/06/2020
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 107
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
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