Ayudas destinadas a personas fisicas para su incorporacion a Internet en conexion de banda ancha en el ambito de Castilla-La Mancha, y se establecen sus bases reguladoras.
Código de ayuda:
S30964/09Norma:
Orden de 03/04/2009. ORDEN de 12/05/2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/10/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de subvenciones y la regulación de sus bases para el año 2009, en régimen de evaluación individualizada, destinadas a incentivar las nuevas conexiones de acceso a Internet en banda ancha en los domicilios de residencia de las personas físicas de Castilla-La Mancha.Categorías Subvención
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La financiación destinada a las subvenciones se efectuará con cargo al presupuesto de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente en la aplicación presupuestaria 20.07.0000G/521A/48000. La cantidad estimada a conceder en la presente convocatoria será de 1.000.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas residentes en Castilla-La Mancha, que soliciten un nuevo acceso a Internet en banda ancha, siempre que el servicio se preste exclusivamente en esta Comunidad Autónoma, y no sea susceptible de uso en otra distinta.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Alta en el nuevo servicio de banda ancha.b) Gastos de instalación.
c) Otros gastos necesarios para la conexión (módem, router…etc.).
d) Cuotas de conexión necesarias.
Requisitos:
a) La no afección del nuevo acceso a Internet a los fines mercantiles que pudiera desarrollar el solicitante o los miembros de su unidad familiar.b) No haber dado de baja ninguna conexión de banda ancha en los tres meses anteriores a la fecha de solicitud o tenerla contratada en el momento de efectuar la solicitud.
c) El domicilio de instalación de la nueva conexión deberá ser el de residencia, extremo a comprobar mediante coincidencia de dicha dirección en el D.N.I o en certificado de empadronamiento expedido al efecto.
d) El nuevo contrato de conexión a banda ancha deberá mantenerse por un período mínimo de un año, contado desde la fecha de alta en el servicio.
e) No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. La justificación de no hallarse incurso en ninguna de dichas circunstancias, se efectuará mediante la cumplimentación de la declaración responsable incluida en la solicitud de concesión de la subvención (Anexo I).
Documentos asociados
Boletín:
21/04/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 75
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 75
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín:
12/05/2009
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 89
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 89
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento