Ayudas destinadas a sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018, según el Decreto 55/2018, de 31 de mayo, de medidas urgentes de ayuda para la reparación de daños causados por la explosión de material pirotécnico producida en Tui el 23 de mayo de 2018.
Código de ayuda:
S37255/18Norma:
RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2018.Plazo de Solicitud:
Hasta el 2 de agosto de 2018.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas se otorgarán de forma directa y tienen por objeto sufragar los daños sufridos en establecimientos comerciales, industriales, turísticos y mercantiles, derivados de la explosión de material pirotécnico producida en Tui, el 23 de mayo de 2018.Categorías Subvención
- Otras
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Instituto Gallego de Promoción Económica (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de la ayuda será del 100 % del importe de los daños causados por la explosión conforme a la valoración llevada a cabo en la peritación judicial, con un límite máximo de 600.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas, titulares de los establecimientos comerciales, mercantiles, industriales y turísticos en que se produjesen daños derivados directamente de la explosión.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán objeto de ayuda los daños causados por la explosión en los establecimientos comerciales, industriales, turísticos o mercantiles como consecuencia de los destrozos ocasionados por la explosión en sus edificaciones, instalaciones, maquinaria y en las mercaderías en ellas depositadas, así como en los vehículos comerciales o industriales afectos a estas actividades, en la parte no comprendida tanto por las ayudas que aprueben otras administraciones públicas como por cualquier otro sistema de cobertura de daños, público o privado, estatal o internacional, del que puedan ser beneficiarias las personas afectadas.Documentos asociados
Boletín:
12/07/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
12/07/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 133
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento