Ayudas destinadas al establecimiento o mantenimiento de Gabinetes de Asistencia Tecnica al Comercio para el ejercicio 2007.
Código de ayuda:
S67782/07Norma:
RESOLUCION de 10 de octubre de 2007. Orden de 8 de octubre de 2003.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/12/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento o mantenimiento de Gabinetes de Asistencia Técnica al Comercio.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Comercio
Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Turismo, Comercio, y Consumo (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Presupuesto total de 751.250,00 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
– Las Asociaciones de Comerciantes, sus Federaciones o Agrupaciones inscritas en el Censo de Asociaciones de Comerciantes de la Comunidad Autónoma del País Vasco y las Entidades gerenciales de Centros Comerciales Urbanos, siempre y cuando en ejercicios anteriores hubieran tenido ubicado en su sede un Gabinete de Asistencia Técnica al Comercio o que en el municipio en que radique su sede se contemple la implantación de un Gabinete de Asistencia Técnica en un Plan Especial de Revitalización Comercial.– Todas las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y también las Entidades de
Desarrollo promovidas por ellas cuando se trate de proyectos que se desarrollen en municipios calificados como zonas desfavorecidas de actuación urgente o cuando en el municipio exista un Plan Especial de Revitalización Comercial.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1.– Los costes que se originen por el pago de la Seguridad Social y el salario del Asesor Técnico Comercial(ATC) contratado.
2.– Los gastos extraordinarios de viaje y comida en que el asesor técnico comercial pudiera incurrir, siempre que estén ligados a actividades especificas del gabinete en su ámbito de actuación. Además, serán subvencionables los gastos de alquiler del local, agua, electricidad, teléfono, fax y limpieza, exclusivamente en aquellos Gabinetes de Asistencia Técnica al Comercio que se ubiquen en locales independientes, ajenos a la Corporación Local, o sede social de la entidad solicitante.
Documentos asociados
Boletín:
13/10/2003
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 199
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 199
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
02/11/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 211
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 211
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento