Ayudas destinadas al fomento de empleo.

Código de ayuda:

S28873/06

Norma:

2 de agosto de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento de iniciativas locales de empleo consistentes en la contratación de personas incluidas en colectivos más desfavorecidos para el acceso al mercado de trabajo, la promoción del empleo autónomo, y la promoción de proyectos empresariales que puedan ser calificados como I+E.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Piélagos (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas privadas o entidades sin ánimo de lucro, que teniendo su sede o desarrollando su actividad en centros radicados en el término municipal de Piélagos, contraten a tiempo completo, con carácter indefinido o temporal, a personas que, encontrándose empadronadas en Piélagos, se hallen en situación de desempleo y acrediten una permanencia mínima de 6 meses ininterrumpidos inscritos en los Registros del Servicio Cántabro de Empleo o en la Bolsa de Trabajo de la Agencia de Desarrollo Local del Ayuntamiento de Piélagos.

b) Las personas físicas o jurídicas que se establezcan por primera vez en el término municipal de Piélagos, que aún no ha iniciado la actividad, o cuando habiéndola iniciado no haya transcurrido más de un año y no haya sido beneficiario ni solicitante de ésta subvención en el ejercicio 2.005.

c) Las personas físicas o jurídicas que presenten un proyecto empresarial viable, al que preste su apoyo el
Ayuntamiento, y que suponga la creación de una nueva empresa de menos de 25 trabajadores, y al menos un 50% de la plantilla lo conformen socios o trabajadores desempleados, que se encuentren empadronados en el Ayuntamiento, y que vaya a desempeñar una actividad económica emergente, o siendo tradicional cubra necesidades no satisfechas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Generación de empleo.

Documentos asociados

Boletín: 17/08/2006
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 158
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento