Ayudas destinadas al fomento de la competitividad, modernizacion y potenciacion de la actividad del comercio minorista y la convocatoria para 2013, cofinanciadas en un 80%, por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Programa Operativo Feder para Castilla-La Mancha 2007-2013.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S25891/13Norma:
Orden de 02/07/2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/08/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, a través del procedimiento de concurrencia competitiva, estableciendo y regulando un conjunto de programas de ayudas y subvenciones que afectan a todos los actores comerciales: desde la pequeña empresa comercial hasta las asociaciones de comerciantes y las organizaciones interempresariales, destinadas al fomento de la competitividad, de la modernización y la potenciación de la actividad comercial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como aprobar la convocatoria para el ejercicio 2013.Categorías Subvención
- Comercio
- Cooperación empresarial
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Empleo y Economía (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
1. Las empresas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, dedicadas al comercio al por menor, que desarrollen una actividad encuadrada en algunos de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas establecida por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, en lo sucesivo CNAE- 2009, podrán acogerse a las ayudas previstas en los programas 1, 2, y 3:a) Dentro de la División 47, Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas, los Grupos 47.1, 47.2, 47.4, 47.5, 47.6, 47.7 (excepto el 47.73 Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados).
b) La División 95, Reparación de ordenadores, efectos personales y artículos de uso doméstico. Quedan excluidos los grupos 47.3 (Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados), 47.8 (Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos) y 47.9 (Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos).
2. Las asociaciones de comerciantes de “Zonas comerciales prioritarias” podrán ser beneficiarias de los programas 1, 3, y 4.
3. Las asociaciones de comerciantes, constituidas por pequeñas y medianas empresas cuya actividad se encuadre dentro de alguno de los epígrafes de la CNAE-2009 señalados en el apartado 1, podrán ser beneficiarias de los programas 1, 3 y 5.
4. Quedan expresamente excluidas aquellas empresas que ejerzan su actividad en los epígrafes fiscales no incluidos en el apartado 1 de este artículo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Programa 1: Planes de implantación de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).b) Programa 2: Promoción de la calidad.
c) Programa 3: Promoción del diseño.
d) Programa 4: Promoción de zonas comerciales prioritarias.
e) Programa 5: Cooperación empresarial.
Requisitos:
a) Tener el domicilio fiscal y el centro de trabajo en el territorio de Castilla-La Mancha.b) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
c) No encontrarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidad previstos en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Para el caso de sociedades y demás personas jurídicas, esta incompatibilidad se extiende a sus administradores o sus representantes legales.
d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, siempre que estuvieran obligados a ello, y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la resolución provisional y definitiva, que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social, en la forma determinada, en cada momento, por la normativa aplicable.
f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del Impuesto de Actividades Económicas.
g) Que tengan la consideración de pyme de acuerdo con la definición que de la misma determine en cada momento la Unión Europea, siendo aplicable en tanto no sea objeto de modificación lo indicado en la Recomendación C(2003) 1422 de la Comisión, de 6 de mayo, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas, según la cual son aquellas que desarrollando una actividad económica ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.
h) Cuando el beneficiario sea una asociación de comerciantes deberá estar inscrita en el Registro de asociaciones profesionales o empresariales correspondiente de la Consejería de Empleo y Economía.
i) En el supuesto de asociaciones de comerciantes, no estar incursas en los supuestos previstos en el artículo 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
j) En los programas 3 y 4, cuando las entidades beneficiarias sean las asociaciones de comerciantes de “Zonas comerciales prioritarias”, deberán participar un mínimo de diez pymes comerciales.
Documentos asociados
Boletín:
05/07/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 129
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 129
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento