Ayudas destinadas al fomento del Asociacionismo Agroalimentario.

Código de ayuda:

S03437/06

Norma:

Decreto 280/2001, de 26 de diciembre. ORDEN de 25 de enero de 2006. RESOLUCION de 26 de enero de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El fomento del asociacionismo agroalimentario, así como la integración de las entidades asociativas agrarias en otras de segundo o ulterior grado, para la mejora de la comercialización de sus producciones agroalimentarias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

Las sociedades cooperativas andaluzas agrarias o de explotación comunitaria de la tierra, las sociedades
cooperativas andaluzas de integración con objeto social agrario, las sociedades cooperativas andaluzas agrarias de segundo o ulterior grado y las sociedades agrarias de transformación con sede social en Andalucía; que cumplan los requisitos exigidos; en el apartado 10 de las Directrices Comunitarias sobre ayudas estatales al sector agrario (2000/C 28/02); y en el artículo 29.1 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras; y no están reconocidas, en el momento de presentar su solicitud, como Agrupación u Organización de Productores Agrarios al amparo de la normativa comunitaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La constitución, la integración y la mejora de las estructuras administrativas y comerciales de las entidades asociativas agrarias.

Serán subvencionables las inversiones que respondan a uno o varios de los siguientes conceptos:
a) Gastos de constitución o de integración de la entidad asociativa: Estudios de viabilidad, asesorías externas, notaría y registros.
b) Contratación de hasta tres técnicos para el control y seguimiento de los socios y de sus producciones por períodos inferiores a un año.
c) Gastos de contratación y ulterior mantenimiento durante tres años consecutivos de un gerente y hasta tres técnicos, incluyendo los salarios y cargas sociales.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2001
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 148
Documento: Bases Reguladoras (Sección 6ª) Descargar Documento
Boletín: 06/02/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 24
Documento: Bases Reguladoras Específicas Descargar Documento
Boletín: 07/02/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 25
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento