Ayudas destinadas al fomento del empleo de las personas con discapacidad en empresas ordinarias, en el ejercicio 2015.
Código de ayuda:
S07446/15Norma:
ORDEN 48/2014, de 30 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Dos meses desde la contratación objeto de la ayuda, en ningún caso puedan presentarse después del 30 de septiembre de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer un programa de ayudas destinadas a favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, mediante el apoyo a la contratación indefinida, contratación temporal y adaptación del puesto de trabajo.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Empleo
Localización del organismo gestor
Comunidad Valenciana
Convoca:
Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Ayudas por contratación indefinida.La cuantía de las ayudas por contratación indefinida a jornada completa ascenderá a 3.907 euros.
Ayudas por contratación temporal.
La cuantía de las ayudas por contratación temporal a jornada completa, de al menos seis meses de duración, será:
a) En el caso de trabajadores con una discapacidad física o sensorial de al menos un 33 % e inferior al 65 %, la ayuda ascenderá a 2.000 euros.
b) En el caso de trabajadores con una discapacidad psíquica igual o superior al 33 %, o física y sensorial igual o superior al 65 %, la ayuda ascenderá a 2.500 euros.
Ayudas para la adaptación del puesto de trabajo.
La adaptación del puesto de trabajo o la adquisición de equipos suplementarios de protección personal que prevengan accidentes laborales del trabajador con discapacidad contratado, así como la eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten su trabajo podrán subvencionarse con una ayuda de hasta 902 euros por trabajador, siempre que el contrato sea indefinido.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Con carácter general, las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas físicas y las entidades privadas sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunitat Valenciana.b) En caso de las ayudas por contratación indefinida de personas con discapacidad y adaptación del puesto de trabajo, cualquier empleador, incluidas las cooperativas de trabajo asociado que incorporen como socios a trabajadores con discapacidad.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Ayudas por contratación indefinida.Ayudas por contratación temporal.
Ayudas para la adaptación del puesto de trabajo.
Requisitos:
No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones de los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Tampoco podrán obtenerla las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las sociedades civiles, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, pudiera realizar las actuaciones subvencionables.Documentos asociados
Boletín:
26/02/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7474
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7474
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento