Ayudas destinadas al mantenimiento y conservación del patrimonio etnográfico en el territorio histórico de los caminos de Santiago para particulares e instituciones sin ánimo de lucro y se procede a su convocatoria para el año 2010.
Código de ayuda:
S76873/09Norma:
Orden de 16 de diciembre de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 26/01/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y convocar la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al fomento de actuaciones de conservación y restauración, por parte de particulares o entidades sin ánimo de lucro propietarios, poseedores o titulares de derechos reales de bienes inmuebles del patrimonio etnográfico de Galicia en los ámbitos de las parroquias por las que discurren los caminos de Santiago en Galicia.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Cultura y Turismo (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas consistirán en una subvención a percibir por una sola vez por beneficiario y bien, hasta unmáximo del 50% del coste de ejecución material del proyecto autorizado. Se establece un límite L=ayuda
máxima, que será una cantidad económica fijada en función del tipo de actuación subvencionable según
el artículo 5º de esta orden. Los límites para esta convocatoria son:
a) Obras de eliminación o minoración de impactos: La= 1.500 €.
b) Obras de conservación ymantenimiento: Lb= 2.500 €.
c) Obras de restauración: Lc= 6.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas, las comunidades de bienes y personas jurídicas sin ánimo de lucro que sean propietarias, poseedoras o titulares de derechos reales, con consentimiento del titular de la propiedad, en su caso, siempre que no se encuentren en ninguno de los supuestos de los apartados 2º y 3º del artículo 10 de la Ley de subvenciones de Galicia, respecto de cualquiera de los bienes inmuebles del patrimonio etnográfico que se adecÚen a lo establecido en los artículos 2º y 3º de esta orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Quedan comprendidas en el ámbito de esta orden, como actuaciones subvencionables, aquellaspropuestas para el año 2010 que consistan en:
a) Obras de eliminación o minoración de impactos: las que tengan por objeto la eliminación de elementos
y adiciones constructivas sin valor cultural y que deturpen la apreciación y la función del bien, y las obras de acabado o remate funcional que mejoran sus condiciones de conservación y apreciación. Las actuaciones serán apreciables desde el espacio público.
b) Obras de conservación y mantenimiento: las que tengan como finalidad el mantenimiento del inmueble
con sus características y materiales originales. Consistirán en reparaciones puntuales, limpiezas, sustituciones concretas de elementos deteriorados y aquellas que deriven de las operaciones de reparación de los daños habituales provocados por el paso del tiempo o por su uso característico.
c) Obras de restauración: las que tengan por objeto la restitución de la imagen y unidad del bien, a través
de operaciones de reintegración de elementos muy deteriorados o perdidos, a fin de recuperar el carácter
original del inmueble y de su función y que supongan la ejecución de elementos de entidad constructiva.
Documentos asociados
Boletín:
24/12/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 250
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 250
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento