Ayudas destinadas al pago de los compromisos agroambientales de cultivos sostenibles por el uso de agua regenerada.
Código de ayuda:
S03819/25Norma:
Resolución de 22 de febrero de 2025.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
1. Se aprueba, para el año 2025, la convocatoria de ayudas destinadas al pago de los compromisos agroambientales de cultivos sostenibles por el uso de agua regenerada, de acuerdo con lo previsto en la Orden 10/2023 de la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 5 de abril de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural de las Illes Balears 2023-2027, publicada en el BOIB núm. 43, de 6 de abril de 2023.2. Las ayudas objeto de la presente convocatoria tienen como finalidad fomentar el uso del agua regenerada para la producción agraria, de acuerdo con lo establecido en las intervenciones sobre el desarrollo rural territorializadas en las Illes Balears.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Fogaiba (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para esta convocatoria se destina un importe máximo de quinientos mil euros (500.000,00 €) con cargo a los presupuestos del FOGAIBA de acuerdo con la siguiente distribución plurianual:Año 2025: 100.000,00 €
Año 2026: 100.000,00 €
Año 2027: 100.000,00 €
Año 2028: 200.000,00 €
2. Dichas subvenciones se financiarán de la siguiente manera:
- Las anualidades 2025 y 2026, en un 54,00 % a cargo del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 10,80 % a cargo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y en un 35,20 % a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
- Las anualidades 2027 y 2028, en un 100,00 % a cargo de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas, o bien agrupaciones sin personalidad jurídica, que, en el momento de presentar la solicitud de ayuda.Requisitos:
a) Deberán estar inscritas a nombre del peticionario en el Registro autonómico de explotaciones agrícolas (REA).b) Los recintos para los que se solicita ayuda deberán estar integrados dentro del ámbito territorial de una concesión de aguas regeneradas o en trámite de concesión.
c) Deberán disponer de las infraestructuras necesarias para el uso del agua regenerada.
d) Deberán disponer de contadores volumétricos que permitan medir el volumen de agua regenerada consumida.
e) Deberán disponer de una superficie mínima de 2 hectáreas.
Documentos asociados
Boletín:
22/02/2025
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 24
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 24
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento