Ayudas directas al sector apícola, contempladas en el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas.
Código de ayuda:
S38028/23Norma:
Orden de 17 de octubre de 2023. Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de noviembre del 2023.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la ayuda directa al sector apícola establecida en el artículo 5 del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) De 150 a 450 colmenas: 825 euros.b) De 451 a 1.000 colmenas: 1.650 euros.
c) Más de 1.001 colmenas: 2.200 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones apícolas trashumantes y profesionales, entendiendo como tales aquellos que:a) Sean titulares, a fecha de 1 de enero de 2023, de explotaciones inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA) ubicadas en Castilla y León con el tipo de explotación «Trashumante» como sistema productivo.
b) Las explotaciones que tengan un censo asociado igual o superior a 150 colmenas, según la definición de explotación profesional establecida por el artículo 2 g Real Decreto 209/2002 de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas y que hayan realizado la declaración censal obligatoria en el año 2022 conforme a lo previsto en el artículo 7.5 del mismo.
Documentos asociados
Boletín:
12/05/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 113
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
24/10/2023
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 204
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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24/10/2023
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Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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