Ayudas dirigidas a asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro que estén orientadas a la mejora de la calidad de vida de colectivos de personas enfermas del País Vasco y sus familias, durante el ejercicio de 2023.

Código de ayuda:

S23673/23

Norma:

ORDEN de 18 de abril de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de junio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta Orden es convocar ayudas dirigidas a las asociaciones de iniciativa social sin ánimo de lucro integradas por colectivos de personas enfermas del País Vasco y sus familias.

La finalidad de estas ayudas es apoyar a estos colectivos financiando proyectos que se componen de una o varias actividades, realizados entre enero y diciembre de 2023, orientados a:

a) Apoyar el desarrollo de habilidades y recursos para maximizar su capacidad de autocuidado e incrementar su autonomía.

b) Apoyar y encauzar sus necesidades sociosanitarias desde una perspectiva de promoción de la salud.

c) Aumentar el conocimiento y la información sobre su enfermedad y los factores de riesgo, así como sobre las conductas en salud más adecuadas.

d) Reducir las desigualdades en salud de las personas afectadas.

e) Incorporar la perspectiva de género.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a las ayudas las entidades que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Asesoramiento e información de la enfermedad.

– Rehabilitación logopédica, fisioterapéutica, cognitiva y otros procedimientos que mejoren la calidad de vida del colectivo.

– Apoyo psicológico.

– Terapia ocupacional.

– Grupos de autoayuda.

– Talleres que ayuden a mejorar la calidad de vida de las personas afectadas y/o de sus familias.

– Apoyo a familiares de personas afectadas.

– Jornadas informativas o de sensibilización sobre la enfermedad, stands informativos sobre la enfermedad, etc.

– Campañas de publicidad relacionadas con la enfermedad.

– Otras actividades cuya finalidad sea la difusión o sensibilización sobre la enfermedad.

Requisitos:

a) Estar integradas por colectivos de personas enfermas del País Vasco y sus familias.

b) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el registro administrativo de asociaciones del territorio donde tenga establecido su domicilio social, al menos un año antes que la convocatoria se publique en el Boletín Oficial del País Vasco.

c) Carecer de ánimo de lucro.

d) Promover la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas por alguna enfermedad o de sus familiares, constituyendo puntos de encuentro, comunicación y apoyo para todas ellas.

e) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 13 de febrero de 2023, del Consejero de Economía y Hacienda, sobre acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como de las relativas al reintegro de subvenciones, en el marco de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a los Presupuestos Generales de Euskadi.

f) No hallarse en ninguna de las circunstancias indicadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

Documentos asociados

Boletín: 08/05/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento