Ayudas dirigidas a entidades de iniciativa social sin animo de lucro que desarrollen sus actividades en el Pais Vasco y que esten orientadas a la mejora de la calidad de vida de colectivos de personas enfermas y sus familias.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S43646/11Norma:
ORDEN de 27 de julio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/10/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar ayudas dirigidas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, que desarrollen sus actividades en el País Vasco y que estén orientadas a la mejora de la calidad de vida de colectivos de personas enfermas y sus familias.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Salud (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de cada una de las ayudas podrá cubrir hasta el 80% del presupuesto presentado para la realización de la actividad, siempre teniendo en cuenta la coincidencia de los objetivos con los del Departamento de Sanidad y Consumo, la existencia de otras fuentes de financiación, la viabilidad, el diseño y la pertinencia de la actividad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que reúnan a la finalización del plazo de presentación de solicitudes los requisitos señalados en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco., modificado por la Ley 4/2005, de 18 de febrero y cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actividades realizadas durante el ejercicio 2011, orientadas a:a) Apoyar a los colectivos de personas afectadas por alguna enfermedad en el desarrollo de habilidades y recursos para maximizar su capacidad de auto cuidado e incrementar su autonomía.
b) Apoyar y encauzar las necesidades sociosanitarias de las personas afectadas.
c) Aumentar en las personas afectadas y sus familiares el conocimiento y la información sobre la enfermedad, sobre los factores de riesgo de la misma y sobre hábitos de vida más adecuados.
d) Reducir las desigualdades en salud de las personas afectadas.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes registros o censos administrativos, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones.b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo.
c) Promover la consecución de la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas por alguna enfermedad y/o sus familiares, constituyendo puntos de encuentro, comunicación y apoyo para todas ellas.
d) Desarrollar su actividad preferentemente dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco para lo cual deberán contar con sede o delegación en ésta.
Documentos asociados
Boletín:
12/09/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento