Ayudas dirigidas a entidades sin fines de lucro para el desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, y modificaciones.

Código de ayuda:

S60219/05

Norma:

ORDEN de 19 de abril de 2005.

Plazo de Solicitud:

Las solicitudes se presentarán a lo largo del mes de marzo de cada año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad de forma total o parcial en la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de proyectos de actividades encaminadas a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar en centros docentes sostenidos con fondos públicos, dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, con excepción de los universitarios y de personas adultas, en el marco de lo establecido en el Decreto 167/2003, de 17 de junio, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a condiciones sociales desfavorecidas.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Educación (Andalucía)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades de carácter privado, sin ánimo de lucro, que vayan a desarrollar programas dirigidos a la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar durante el curso 2005-2006, para el alumnado escolarizado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, con excepción de los universitarios y las personas adultas o para aquellos menores que puedan permanecer sin escolarizar.
Dichas entidades deberán estar inscritas en el registro correspondiente, si este requisito fuera necesario.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán desarrollarse actuaciones que vayan encaminadas a la promoción de las siguientes medidas:

a) Mediación familia-escuela.
b) Organización de actividades de apoyo educativo, culturales, deportivas o de ocio para la ocupación y formación en el tiempo libre, que repercutan en la asistencia regular del alumnado a los centros.
c) Colaboración con los centros docentes, servicios educativos y entidades del entorno para coordinarse en el seguimiento escolar del alumnado, estableciendo procesos de acompañamiento tutorizado en los casos que sean necesarios.
d) Organización de actividades para la recogida, en el barrio o en la casa, del alumnado de estas características con el fin de facilitar su incorporación diaria al centro escolar.
e) Organización de actividades de acogida y adaptación al centro educativo en la incorporación del alumnado que haya permanecido sin escolarizar o con alto índice de absentismo.
f) Seguimiento del alumnado absentista de Educación Primaria en el proceso de matriculación e incorporación a la Educación Secundaria Obligatoria.
g) Organización de actividades dirigidas a la preparación de las familias en la educación de los hijos e hijas.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2005
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 95
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/02/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 30
Documento: Modificación Descargar Documento