Ayudas dirigidas a la aplicación del Eje LEADER del Programa de Desarrollo Rural del Principado de Asturias para el periodo 2007-2003 en la comarca de Cabo Peñas (municipios de Carreño y Gozón) y se aprueba la convocatoria pública de las citadas ayudas.
Código de ayuda:
S54491/09Norma:
Resolucion de 20 de julio de 2009. Resolución de 30 de agosto de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular, por parte del Grupo de Acción Local la Asociación para el Desarrollo Integrado del Cabo Peñas (ADICAP), la concesión de ayudas a proyectos, tanto de carácter productivo como no productivo, que se lleven a cabo dentro del ámbito territorial de la comarca de Cabo Peñas (municipios de Carreño y Gozón) o tengan una relación directa con la misma en términos de desarrollo.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Comercio
- Creación nuevas empresas
- Desarrollo Rural
- Inversiones Materiales y Equipos
- Medio Ambiente y Energía
- Turismo y Hostelería
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Medio Rural y Pesca (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. Modernización de las explotaciones agrícolas (medida 121):La subvención máxima podrá llegar al 40% de las inversiones elegibles. Este porcentaje podrá verse incrementado en un 10% en el caso de jóvenes agricultores.
La inversión subvencionable tendrá un límite establecido de 100.000 euros por unidad de trabajo agrario (UTA), con un máximo de 4 UTAS por explotación. Se define UTA como el trabajo efectuado por una persona dedicada a tiempo completo durante un año a la actividad agraria.
2. Diversificación hacia actividades no agrícolas: Medida 311:
Subvención directa de hasta el 50% de la inversión total auxiliable que se determinará en función de los criterios de baremación establecidos en las presentes bases.
La cuantía máxima de la ayuda vendrá determinada por la aplicación del régimen de mínimis. En todo caso, el tope máximo de subvención a conceder será de 120.000 €.
3. Creación y desarrollo de microempresas (medida 312):
Subvención directa de hasta el 50% de la inversión total auxiliable que se determinará en función de los criterios de baremación establecidos en las presentes bases.
La cuantía máxima de la ayuda vendrá determinada por la aplicación del régimen de mínimis. En todo caso, el tope máximo de subvención a conceder será de 120.000 €.
4. Fomento de actividades turísticas (medida 313):
En proyectos de carácter productivo:
Subvención directa de hasta el 50% de la inversión total auxiliable que se determinará en función de los criterios de baremación establecidos en las presentes bases.
La cuantía máxima de la ayuda vendrá determinada por la aplicación del régimen de mínimis (Reglamento
CE n.º 1998/2006). En todo caso, el tope máximo de subvención a conceder para los proyectos productivos será de 120.000 €.
En proyectos de carácter no productivo:
Subvención directa de hasta el 100% de la inversión auxiliable en el caso de Ayuntamientos, Mancomunidad
y Grupo de Acción Local y de hasta el 50% para el caso de las asociaciones sin ánimo de lucro que se determinará en función de los criterios de baremación establecidos en las presentes bases.
En todo caso, el tope máximo de subvención a conceder para los proyectos no productivos será de
250.000 €.
5. Mejora del entorno y servicios en el medio rural (medida 321):
La ayuda podrá llegar al 100% de la inversión auxiliable que se determinará en función de los criterios de
baremación establecidos en las presentes bases. En todo caso, el tope máximo de subvención a conceder
para los proyectos no productivos será de 250.000 €.
6. Renovación y desarrollo de poblaciones rurales (medida 322):
Subvención directa de hasta el 100% de la inversión auxiliable que se determinará en función de los criterios de baremación establecidos en las presentes bases. En todo caso, el tope máximo de subvención a
conceder para los proyectos no productivos será de 250.000 €.
7. Conservación y mejora del patrimonio rural (medida 323):
Subvención directa de hasta el 100% de la inversión total auxiliable que se determinará en función de los
criterios de baremación establecidos en las presentes bases. En todo caso, el tope máximo de subvención
a conceder para los proyectos no productivos será de 250.000 €.
8. Formación e información (medida 331):
Subvención directa de hasta el 100% de la inversión total auxiliable que se determinará en función de los
criterios de baremación establecidos en las presentes bases. En todo caso, el tope máximo de subvención
a conceder para los proyectos no productivos será de 250.000 €.
9. Adquisición de capacidades y promoción con vistas a la elaboración y aplicación de una estrategia de desarrollo local (medida 341):
Subvención directa de hasta el 100% de la inversión total auxiliable. En todo caso, el tope máximo de
subvención a conceder para los proyectos no productivos será de 250.000 €.
10. Funcionamiento del grupo de acción local (medida 431):
Subvención directa de hasta el 100% de la inversión total auxiliable. En todo caso, el tope máximo de
subvención a conceder para los proyectos no productivos será de 250.000 €.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
1. Modernización de las explotaciones agrícolas (medida 121):Agricultores profesionales y jóvenes agricultores que se hayan instalado en una explotación y que hayan recibido una ayuda a la primera instalación en los cinco últimos años. Tendrán preferencia los titulares de explotaciones prioritarias.
2. Diversificación hacia actividades no agrícolas: Medida 311:
Titulares de explotaciones agrarias situadas en la comarca, así como familiares de primer y segundo grado
del titular que sean miembros de la unidad familiar, en las condiciones marcadas por el Reglamento (CE)
n.º 1974/2006.
3. Creación y desarrollo de microempresas (medida 312):
Las personas físicas o jurídicas titulares de microempresas, tal como se definen en la Recomendación
2003/361/CE (menos de 10 trabajadores y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no
supera los 2 millones de euros).
4. Fomento de actividades turísticas (medida 313):
Las personas físicas o jurídicas titulares de microempresas, tal como se definen en la Recomendación
2003/361/CE (menos de 10 trabajadores y menos de 2 MEUR de facturación).
— Asociaciones locales de empresarios de turismo rural.
— Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
— Grupo de Acción Local.
— Ayuntamientos de Carreño y Gozón.
— Mancomunidad de Cabo Peñas.
5. Mejora del entorno y servicios en el medio rural (medida 321):
— Ayuntamientos de Carreño y Gozón.
— Mancomunidad Cabo Peñas.
— Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
— Grupo de acción local.
6. Renovación y desarrollo de poblaciones rurales (medida 322):
— Ayuntamientos de Carreño y Gozón.
— Mancomunidad Cabo Peñas.
— Grupo de Acción Local.
7. Conservación y mejora del patrimonio rural (medida 323):
— Ayuntamientos de Carreño y Gozón.
— Mancomunidad Cabo Peñas
— Asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro.
— Grupo de Acción Local.
8. Formación e información (medida 331):
Grupo de Acción Local.
9. Adquisición de capacidades y promoción con vistas a la elaboración y aplicación de una estrategia de desarrollo local (medida 341):
El Grupo de Acción Local.
10. Funcionamiento del grupo de acción local (medida 431):
Los Grupos de Acción Local.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Modernización de las explotaciones agrícolas (medida 121):Aquellos que contribuyan a la modernización de las explotación agrarias para mejorar su rendimiento
económico a través del mejor uso de los factores de producción, de la introducción de nuevas tecnologías
y la innovación, apuntando a la calidad, a los productos ecológicos y a la diversificación así como a la
mejora del respeto al medio ambiente, a la seguridad en el trabajo y el bienestar de los animales en las
explotaciones.
2. Diversificación hacia actividades no agrícolas: Medida 311:
La creación, ampliación y modernización de microempresas en las explotaciones agrarias, que tengan una
actividad de diversificación hacia actividades no agrarias realizadas, asimismo, en la propia explotación.
Los ámbitos de diversificación cubiertos podrán ser cualquier actividad de diversificación agraria dentro de
las explotaciones, como por ejemplo: La artesanía, turismo rural, los servicios a la explotación.
3. Creación y desarrollo de microempresas (medida 312):
Aquellos dirigidos a la creación, ampliación y modernización de microempresas y que contribuyan a desarrollar y diversificar la estructura económica y social de la comarca.
4. Fomento de actividades turísticas (medida 313):
Aquellos que tengan como objetivo la creación, ampliación y modernización de microempresas turísticas
o la puesta en marcha de actividades de carácter no productivo para la puesta en valor de los recursos
turísticos del territorio.
5. Mejora del entorno y servicios en el medio rural (medida 321):
Aquellas iniciativas de carácter no productivo que tengan como objetivo la implantación y mejora de los servicios básicos a la población rural y la generación de oportunidades de negocio.
6. Renovación y desarrollo de poblaciones rurales (medida 322):
Aquellas iniciativas de carácter no productivo que tengan como objetivo reactivar la economía de la zona
rural bajo el enfoque el desarrollo sostenible, incrementar las posibilidades de negocio de las empresas
locales y la tasa de empleo en la economía rural, impulsar el suministro de fuentes renovables de energía
y modernizar las infraestructuras locales.
7. Conservación y mejora del patrimonio rural (medida 323):
Aquellas iniciativas de carácter no productivo que tengan como objetivo reactivar la economía de las zonas
rurales bajo el enfoque del desarrollo sostenible buscando sinergias entre el medio ambiente, el patrimonio
cultural y el desarrollo económico del mundo rural.
8. Formación e información (medida 331):
Aquellos de carácter no productivo que tengan como objetivo mejorar el capital humano y la competitividad de las empresas locales, fomentar la entrada de las mujeres en el mercado laboral y la transmisión a la juventud los conocimientos necesarios para la diversificación de la economía local.
9. Adquisición de capacidades y promoción con vistas a la elaboración y aplicación de una estrategia de desarrollo local (medida 341):
Aquellos que tengan como objetivo mejorar el capital humano de los grupos de acción local y con ello
mejorar la gobernanza y la capacidad de gestión del programa de desarrollo rural.
10. Funcionamiento del grupo de acción local (medida 431):
Aquellos que tengan como objetivo mejorar la gestión de los grupos de acción local y cubrir los gastos de
funcionamiento de los grupos de acción local con el fin de ejecutar las estrategias de desarrollo y aplicar
las medidas del Eje LEADER del PDR de Asturias.
Requisitos:
En relación al proyecto:— Llevar a cabo un proyecto de carácter productivo o no productivo en el ámbito territorial de Carreño o
Gozón y enmarcable en las presentes bases.
— Cumplir con los requisitos específicos de la base octava en función de la medida en la que se incluya la
operación.
— Implicar la creación de una nueva actividad, ampliación o modernización de una existente, o traslado de
una actividad desde fuera de la comarca.
— La inversión mínima auxiliable para que un proyecto de carácter productivo sea subvencionado por el programa será de 10.000 euros.
— Utilizar factores productivos de la zona.
— Ser viable técnica, económica y financieramente.
— No haber iniciado las inversiones antes de la presentación de la solicitud. Se exceptúa de este requisito los estudios preparatorios, proyectos, las licencias y los gastos de encargo o reserva, siempre y cuando en su conjunto no superen el 10% de la inversión total subvencionable.
— Cumplir con la normativa sectorial que sea de aplicación y obtener todos los permisos y licencias que
sean preceptivas para el desarrollo normal de la actividad, con especial referencia a las autorizaciones
medioambientales.
— Generar o mantener empleo, especialmente de jóvenes y/o mujeres: Cuando el proyecto suponga la creación de una nueva empresa se exigirá la generación al menos de un puesto de trabajo a tiempo completo, o del empleo equivalente de un puesto de trabajo a tiempo completo. En los casos de modernización de empresas existentes se exigirá al menos el mantenimiento del empleo
— Contribuir a corregir los desequilibrios territoriales y productivos.
— Publicitar el proyecto auxiliado con los anagramas, escudos, placas, o vallas que, en función de las características de la inversión, determine el Grupo.
En relación a la persona o entidad promotora:
— Para personas jurídicas, acreditar o establecer el domicilio social y/o fiscal en la comarca.
— Cumplir, cuando se trate de administraciones públicas o del grupo de acción local con las directivas europeas en materia de contratación pública y con la Ley de contratos del sector público.
— Ser microempresa, tal como se definen en la Recomendación 2003/361/CE.
— Ser solvente desde el punto de vista económico-financiero y empresarial.
— Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
— Mantener el destino de la inversión auxiliada y su finalidad por al menos 5 años a partir del pago final de
la ayuda por parte del Grupo de Acción Local (10 años en caso de que sean auxiliados bienes inmuebles)
y compromiso de facilitar cualquier tipo de control que se realice por el Grupo o cualquier otro órgano de
control de las Administraciones Públicas.
— Dar la publicidad que, en su caso, fuera requerida sobre la procedencia de los fondos públicos requeridos.
— Comunicar al grupo la solicitud y obtención de otras subvenciones para la misma finalidad.
Documentos asociados
Boletín:
27/07/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 173
Documento: Convocatoria 2009 y Bases. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 173
Documento: Convocatoria 2009 y Bases. Descargar Documento
Boletín:
07/09/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 208
Documento: Modificación de las Bases Reguladoras. Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 208
Documento: Modificación de las Bases Reguladoras. Descargar Documento