Ayudas dirigidas a la promocion del aprovechamiento de las energias renovables de uso propio en Castilla-La Mancha.
Código de ayuda:
S51128/11Norma:
Orden de 18/11/2011.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el aprovechamiento de energías renovables de uso propio en Castilla-La Mancha, mediante la aplicaciónde alguna de las tecnologías siguientes:
a) Solar térmica.
b) Biomasa térmica.
c) Híbrida biomasa+solar térmica.
d) Equipos de tratamiento en campo de la biomasa.
e) Fotovoltaica aislada, con y sin acumulación.
f) Mixta eólico-fotovoltaica.
g) Biogás.
h) Biocarburantes.
i) Geotermia.
Categorías Subvención
- Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Castilla-La Mancha
Convoca:
Consejería de Fomento (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas consistirán en subvenciones directas del 30 por 100 del coste subvencionable, delimitado en la correspondiente convocatoria, I.V.A. excluido, con un tope máximo de 30.000 euros por proyecto, y sin que un mismo beneficiario pueda serlo de más de una subvención en la misma convocatoria y dentro de la misma área tecnológica.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
a) Las personas físicas.b) Las entidades mercantiles.
c) Las corporaciones locales, así como las mancomunidades o cualesquiera otras entidades que las
agrupen.
d) Las asociaciones o fundaciones.
e) Las comunidades de bienes.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Solar térmica.1º.- Instalaciones por elementos: sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar, mediante captadores solares cuyo coeficiente global de pérdidas sea inferior a 9 W/(m2ºC), para su utilización en aplicaciones térmicas.
2º.- Instalaciones con sistemas prefabricados: sistemas indirectos de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar, bien sea como sistema compacto o como sistema partido, que consistan en un sistema integrado o bien en un conjunto y configuración uniforme de componentes.
3º.- Aplicaciones especiales: aplicaciones de refrigeración u otras aplicaciones con temperatura de diseño superior a 60ºC, que superen rendimientos del 40 % para (tm-ta)= 60º C y I=800 W/m2 sobre la curva cuadrática de certificación del captador.
4º.- Incorporación de sistemas de telemonitorización y/o visualización de la producción energética, en instalaciones existentes o nuevas: sistemas de telemonitorización, comunicación y control necesario, que permita a terceros visualizar el funcionamiento (se mantendrá un servicio de seguimiento y supervisión de la instalación por una duración mínima de dos años, con informes de una periodicidad máxima trimestral que estarán a disposición de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y del Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía); paneles informativos u otros sistemas de visualización que permitan a los usuarios la visualización de la producción energética de la instalación solar térmica.
b) Biomasa térmica.- Instalaciones de producción de energía térmica, para uso doméstico, industrial o en edificios, utilizando como combustible la biomasa.
c) Híbrida biomasa+solar térmica.- Instalaciones de biomasa hibridadas con solares térmicas, siempre que compartan los elementos básicos y que la cobertura de las necesidades para cuya satisfacción estén diseñadas se lleve a cabo, fundamentalmente, a partir de estas dos fuentes de energía.
d) Equipos de tratamiento en campo de la biomasa.- Adquisiciones de maquinaria específica para el tratamiento de la biomasa en campo (astillado o empacado), para uso energético, a fin de facilitar su recogida y transporte de la misma. No se incluyen empacadoras y trituradoras habitualmente utilizadas en las actividades agrícolas o forestales cuyos usos principales no sean la producción de biomasa para aplicaciones energéticas.
e) Solar fotovoltaica aislada.- instalaciones de generación eléctrica, que transformen la energía de la radiación solar, mediante módulos fotovoltaicos para su consumo aislado de la red de distribución, pudiendo contar con sistemas de acumulación de energía eléctrica.
f) Mixta eólico-solar fotovoltaica aislada.- instalaciones de generación eléctrica, que transformen la energía de la radiación solar, mediante módulos fotovoltaicos, y la energía del viento, mediante aerogeneradores, en energía eléctrica, para su consumo aislado de la red de distribución, pudiendo contar con sistemas de acumulación de energía.
En todo caso, la aportación fotovoltaica será, al menos, del 50 % de la potencia eólica.
g) Biogás.- instalaciones de producción de energía térmica o eléctrica, para el autoconsumo, mediante el aprovechamiento energético del biogás producido por digestión anaerobia de residuos biodegradables, con potencia inferior a 500 kW.
h) Biocarburantes.- instalaciones de puntos de suministro, en estaciones de servicio, para su consumo en el sector del transporte, de biogás, biodiesel y de mezclas con obligación de etiquetado específico, tanto de bioetanol con gasolina, como de biodiesel con gasoil.
i) Geotermia.- instalación de sistemas de aprovechamiento de la energía térmica, calor y/o frío existente en el subsuelo, para su consumo en el sector doméstico, industrial o de servicios, mediante sistemas electromecánicos o termodinámicos: aprovechamientos de energía térmica en redes de distrito o utilizando bombas de calor que intercambien con el terreno, ya sean de circuito abierto o cerrado, tanto para instalaciones existentes que se reformen como para instalaciones nuevas.
Requisitos:
No podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones establecidas al efecto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Documentos asociados
Boletín:
07/12/2011
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 238
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 238
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