Ayudas dirigidas a la realizacion de proyectos y actuaciones de formacion, en el sector de la construccion naval.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S38673/12

Norma:

Resolución de 9 de octubre de 2012. Orden ITC/815/2009, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 08/11/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El establecimiento de la convocatoria para el año 2012, del régimen de concesión de ayudas para la realización de proyectos y actuaciones orientadas a la formación continua de los trabajadores de la industria naval española.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Energía y Turismo ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) En el caso de formación específica: Del 25 % de los costes subvencionables.

b) En el caso de formación general: Del 60 % de los costes subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Las empresas del sector de la construcción naval y de los sectores industriales auxiliares.

2. También podrán ser beneficiarios las entidades sin ánimo de lucro que, de forma habitual, presten servicios de formación y gestión/coordinación a las empresas.

3. Agrupaciones de interés económico de empresas que cumplan con la finalidad del párrafo anterior.

4. Agrupaciones: Las anteriores entidades podrán formar uniones o agrupaciones sin personalidad jurídica, rigiéndose por el contrato, convenio o acuerdo que las regule, al amparo del artículo 11.3, párrafo segundo, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, existiendo un órgano de representación que actúe de interlocutor a efectos de la solicitud.

Este interlocutor o entidad representante recibirá, distribuirá, representará y desempeñará las obligaciones que la propia agrupación deba cumplir conforme a la presente convocatoria, así como las que correspondan a todos los miembros de la agrupación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de proyectos y actuaciones orientadas a la formación continua de los trabajadores de la industria naval española.

Requisitos:

En el desarrollo de la actuación subvencionada, el beneficiario queda sujeto al cumplimiento de los requisitos y las obligaciones previstas en el apartado cuarto de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.

Asimismo el beneficiario no podrá estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común, ni hallarse en situación de crisis de acuerdo con el artículo 1, apartado 6.c) y apartado 7, del Reglamento (CE) n.º 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008.

Documentos asociados

Boletín: 01/04/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 79
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 19/10/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 252
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento