Ayudas dirigidas a programas especializados de intervencion y atencion a la familia.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S01737/12Norma:
ORDEN 22/2011, de 29 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 13/02/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el ejercicio de 2012, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades que no tengan finalidad lucrativa que desarrollen proyectos y programas de intervención especializada con familias.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Justicia y Bienestar Social (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades privadas que no tengan finalidad lucrativa o las fundaciones de titularidad pública.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El desarrollo de actuaciones que persigan los siguientes objetivos:1. Escuela de Familia.
2. Fomento de actividades del voluntariado en intervención familiar.
3. Sostenimiento de las entidades.
Las ayudas podrán concederse por los siguientes conceptos:
1. Personal: pago de los salarios y Seguridad Social de los/as profesionales que intervienen en los distintos programas y servicios contemplados en el ámbito de la presente orden.
2. Sostenimiento: otros gastos necesarios para el funcionamiento de estos programas y servicios, excepto los expresamente excluidos.
3. Agrupación de conceptos: si estuviera justificado por las características del programa o servicio, el órgano competente para resolver podrá unificar los conceptos de personal y sostenimiento. No obstante,
con el fin de garantizar que se desarrolle adecuadamente la actuación, la resolución podrá indicar la tipología y el número mínimo de personal subvencionado que ha de atenderla.
Requisitos:
Las entidades han de cumplir los siguientes requisitos:1. Estar legalmente constituidas.
2. No tener fin de lucro.
3. Tener como fin primordial en sus estatutos la realización de las actividades a que se refiera el programa o servicio respecto al cual se solicita subvención, o poderse desprender de su actuación general que dicha actividad está entre sus fines.
4. Estar inscritas en el Registro General de los Titulares de Actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunitat Valenciana, previamente a la concesión de la ayuda. No obstante, las entidades
de titularidad pública se entenderán registradas de oficio, estando exceptuadas de acreditar dicho requisito.
5. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia necesaria para ello.
6. Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no incurriendo en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la citada Ley 38/2003.
Documentos asociados
Boletín:
13/01/2012
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6691
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6691
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento