Ayudas dirigidas a programas especializados en el sector de familia.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S01028/15

Norma:

ORDEN 40/2014, de 26 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para el desarrollo de programas especializados en el sector de familia en el ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro.

Para el caso de los programas de «Atención y obtención de beneficios para las familias numerosas» solo podrán ser beneficiarias aquellas cuyos miembros sean familias numerosas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Atención a familias desfavorecidas (T6489). Se entiende por familia desfavorecida, en el ámbito de aplicación de esta orden, aquellas familias cuya situación socio-económica no les permita cubrir las necesidades básicas de sus miembros.

b) Escuela de familia (T6489). Se entiende por escuela de familia, en el ámbito de aplicación de esta orden, los recursos de apoyo a las familias con la finalidad de facilitar un espacio de información, aprendizaje y reflexión sobre las funciones educativas y socializadoras, así
como sobre la dinámica de las relaciones entre sus miembros.

c) Intervención familiar (T6489). Se entiende por intervención familiar, en el ámbito de aplicación de esta orden, el conjunto de atenciones y actuaciones profesionales dirigidas a generar en las familias conciencia de sus problemas y motivación interna para el cambio, con el objeto de mejorar la funcionalidad familiar aportando una intervención técnica dirigida a orientar, asesorar y dar apoyo a la familia o a alguno de sus miembros.

d) Programas de atención y obtención de beneficios para las familias numerosas (T7108).

e) Atención a mujeres embarazadas (T7134).

f) Atención a madres con menores de tres años en situación de riesgo social (T7134).

Requisitos:

1. Estar legalmente constituidas.

2. No tener fin de lucro.

3. Tener como fin primordial en sus estatutos la realización de las actividades a que se refiera el programa o servicio respecto al cual se solicita subvención, o poderse desprender de su actuación general que dicha actividad está entre sus fines.

4. Estar inscritas en el Registro General de los Titulares de Actividades, de Servicios y Centros de Acción Social de la Comunitat Valenciana, dentro del plazo de presentación de solicitudes especificado en esta convocatoria. Salvo las fundaciones de titularidad pública que se encuentren exceptuadas del requisito de la inscripción.

5. Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no incurriendo en las prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la citada Ley 38/2003.

Documentos asociados

Boletín: 08/01/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7438
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento