Ayudas dirigidas al sostenimiento de centros de día de atención especializada a menores, para el año 2010.

Código de ayuda:

S30691/10

Norma:

ORDEN 9/2010, de 29 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas destinadas a centros de día de menores serán:

1. Ayudas para el pago de los salarios y Seguridad Social de los profesionales que, dependiendo directamente de la entidad solicitante, realizan funciones en el centro.

2. Ayudas para gastos generales de mantenimiento del centro: gastos de funcionamiento y gastos de atención del menor.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Bienestar Social (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Para el cálculo del importe de la ayuda correspondiente a cada centro de día, se tendrán en cuenta los gastos de personal y los gastos generales del centro:

a) En cuanto a los gastos de personal, se tendrá en cuenta la plantilla y personal efectivo del centro según su tiempo de dedicación, retribución real y régimen de Seguridad Social, y siempre que se disponga
de las ratios mínimas de personal que se contemplan, de acuerdo con cada tipología de centro de día, en la Orden de 19 de junio de 2003, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se regula la tipología y
condiciones materiales y de funcionamiento de los centros de protección de menores, en la Comunidad Valenciana. El importe de la ayuda a subvencionar por la Conselleria de Bienestar Social por este concepto de gastos de personal, y según los importes que se establezcan en instrucción de la Dirección General de
Familia, será, como máximo:
– hasta un 65% en los centros de atención diurna de titularidad de entidades locales,
– hasta un 100% en los centros de atención diurna de titularidad de entidades privadas sin ánimo de lucro.

b) En cuanto a los gastos generales del centro, en instrucción de la Dirección General de Familia se establecerán unos importes máximos por menor y día, para atender los gastos de mantenimiento del establecimiento y de atención al menor, según se oferte o no el servicio de comedor en los centros de atención diurna.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales y las entidades privadas sin ánimo de lucro que sean titulares de los centros de día de menores.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6261
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento