Ayudas dispuestas en la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentacion de 19 de febrero de 1993 sobre medidas de estimulo y apoyo para la promocion de nuevas tecnologias en maquinaria y equipos agrarios - Convocatoria 2009.
Código de ayuda:
S11255/08Norma:
Orden de 1 de febrero de 2008.ORDEN de 19 de febrero de 1993.ORDEN APA/1135/2007, de 26 de abril. Orden de 13 de abril de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/05/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas establecidas en la Orden de 19 de febrero de 1993 del Ministerio de Agricultura, Pescay Alimentación, sobre medidas de estímulo y apoyo para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Equipamientos informáticos y Tecnología
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
a) Las Sociedades Cooperativas y sus Agrupaciones o Uniones y las Sociedades Agrarias de transformación que cuenten al menos con tres socios que sean agricultores a título principal. Las Agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y las Agrupaciones de defensa sanitaria, solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas.b) Otras agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia y las agrupaciones sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, reconocido por el órgano de la Administración que gestiona la ayuda y suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias, aunque excepcionalmente y en casos concretos, debidamente justificados por las características del equipo a subvencionar, podrá reducirse hasta cuatro.
c) Las Empresas de servicios, legalmente constituidas, dedicadas a la realización de trabajos en las explotaciones agrarias. Estas Empresas deberán comprometerse a que, al menos durante los cinco primeros años, van a dedicar como mínimo un 75 por 100 de sus horas anuales de funcionamiento en explotaciones ajenas a los titulares de la Sociedad.
Documentos asociados
Boletín:
02/03/1993
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
28/04/2007
- Nº 102
Documento: Modificación Orden 19 de febrero de 1993 Descargar Documento
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Boletín:
19/02/2008
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 42
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2008 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
20/04/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 89
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
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