Ayudas e incentivos para las inversiones del sector comercio.
Código de ayuda:
S00146/03Norma:
Acuerdo de 26 de diciembre de 2002.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/12/2003Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas a proyectos de inversión que contribuyan al desarrollo de la actividad económica de las empresas del sector comercial de Castilla y León, introduciendo modificaciones que representen innovaciones significativas de la actividad estrictamente comercial así como de aquellos proyectos destinados a la creación y consolidación de franquicias castellano-leonesas.Categorías Subvención
- Creación nuevas empresas
Localización del organismo gestor
Castilla y León
Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Subvención a fondo perdido sobre la inversión aprobada que no podrá superar los topes provinciales siguientes:- El 40% en las provincias de Ávila, León, Salamanca, Soria y Zamora.- El 37% en las provincias de Palencia y Segovia.- El 35% en las provincias de Burgos y Valladolid. Estos porcentajes se incrementarán hasta en un 15% cuando se trate de pequeñas y medianas empresas que vayan realizando su proyecto de inversión en los municipios incluidos en las áreas periféricas de la Comunidad.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las Pymes que vayan a realizar proyectos de inversión empresarial en Castilla y León.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Proyectos de inversión cuya cuantía de inversión subvencionable, fijada por la Agencia de Desarrollo, esté comprendida entre noventa y cuatro mil euros (94.000 €) y seiscientos mil euros (600.000,00 €), que impliquen la creación de nuevos establecimientos o la ampliación de uno existente, siempre que respondan a una estructura equilibrada entre los diferentes componentes o conceptos y cumplan los requisitos que en la presente Línea se establecen.a) Son proyectos de creación de nuevos establecimientos, las inversiones que den origen a la iniciación de una actividad empresarial.
b) Como proyectos de ampliación, las inversiones que supongan la ampliación de un establecimiento existente o el lanzamiento de una actividad que implique un cambio fundamental en el producto o en el procedimiento de producción de un establecimiento existente mediante su racionalización, diversificación o modernización. A estos efectos, se podrán considerar subvencionables las inversiones que, no consistiendo en la mera sustitución y representando una parte significativa del activo fijo material del establecimiento, supongan un incremento sensible de la productividad, e impliquen la adquisición de equipamiento tecnológicamente avanzado.
c) Adquisición de terrenos necesarios para la implantación del proyecto.
d) Traídas y acometidas de servicios.
e) Urbanización y obras exteriores adecuadas a las necesidades del proyecto.
f) Edificaciones de obra civil en: oficinas, laboratorios, servicios sociales y sanitarios del personal, almacenamiento de materias primas, edificios de producción, edificios de servicios industriales, almacenamiento de productos terminados y otras vinculadas al proyecto.
g) Bienes de equipo en maquinaria de proceso, generadores térmicos, elementos y equipos de transporte interior, vehículos especiales de transporte exterior, equipos de medida y control, medios de protección del medio ambiente, y medios y equipos de prevención de riesgos laborales.
h) Bienes de equipo necesarios para servicios de electricidad, suministro de agua potable, instalaciones de seguridad, depuración de aguas residuales, y otros bienes de equipo ligados al proyecto.
i) Trabajos de planificación, ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los trabajos.
j) Otras inversiones en activos fijos materiales.
Requisitos:
Diversa documentación.Documentos asociados
Boletín:
02/01/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 1
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 1
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