Ayudas económicas a Corporaciones Locales para el desarrollo de programas de prevención de las drogodependencias con cargo al Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación de la Ley 17/2003, de 29 de mayo.
Código de ayuda:
S28464/06Norma:
ORDEN SCO/2640/2006, de 26 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Con el objetivo de fomentar la realización de actividades saludables alternativas al consumo de sustancias tóxicas en el tiempo de ocio juvenil, mediante esta orden se convocan ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a Corporaciones Locales españolas, que cumplan los requisitos señalados en la presente convocatoria.Los programas subvencionados habrán de desarrollarse desde la concesión de la subvención hasta el 30 de septiembre de 2007.
En todos los puntos no especificados de esta convocatoria se estará a lo establecido en las «Bases reguladoras» de estas subvenciones y, en todo caso, a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Juventud
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Sanidad y Consumo ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La financiación de las subvenciones mencionadas se efectuará con el crédito afectado a estos fines en los Presupuestos Generales del Estado para 2006, en el programa «Plan Nacional sobre Drogas», concepto26.14.231-A.462, incrementado hasta 3.400.000 euros con fondos provenientes de los bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, según la Ley 17/2003.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las ayudas económicas cuyo otorgamiento se regula en la presente Orden podrán ser solicitadas por aquellas corporaciones locales que reúnan los siguientes requisitos:a) Ser capitales de provincia o de comunidad autónoma o tratarse de cabildos o consejos insulares. Igualmente podrán concurrir a la presente convocatoria todas aquellas localidades que, careciendo de la condición citada, tengan una población de derecho igual o superior a 100.000 habitantes, según el Padrón Municipal.
b) Tener elaborado un plan de drogas en su ámbito territorial.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas, cuyo otorgamiento se regula en la presente Orden, están especialmente dirigidas a desarrollar actividades con menores y jóvenes y podrán ser solicitadas para financiar programas de promoción de alternativas de ocupación del ocio, fundamentalmente en fines de semana o periodos vacacionales que ofrezcan oportunidades para participar en actividades lúdicas, deportivas, culturales y sociales, y que se dirijan a evitar, reducir o sustituir la implicación de los jóvenes en actividades relacionadas con el consumo de drogas.Estos programas deben incluir actividades saludables y, por lo tanto, libres de drogas, que han de ser adecuadas al desarrollo evolutivo, intereses y expectativas de los destinatarios y concebidas dentro de las políticas globales de prevención del municipio.
Dadas las características de los programas a financiar, cada Corporación Local podrá presentar un solo programa.
Requisitos:
Los programas deberán responder a los siguientes requisitos mínimos:a) Estarán dirigidos prioritariamente a menores de edad y jóvenes de hasta 30 años de edad, favoreciendo actitudes de igualdad de género.
b) Se desarrollarán a lo largo de tres meses consecutivos o, en el caso de períodos vacacionales, durante 20 días seguidos, con una duración mínima de 108 horas de actividad en el primer caso o 60 horas en el
segundo.
c) Los horarios de las actividades serán adecuados a las características de los destinatarios.
d) Estarán incluidos en planes o programas más amplios de prevención de las drogodependencias, llevándose a cabo en colaboración con los responsables de la política de drogas del municipio solicitante.
e) Deberán contemplar la planificación de un procedimiento de evaluación de resultados como uno de sus objetivos centrales.
f) Se garantizará la utilización de espacios comunitarios de tipo deportivo, cultural o lúdico, como polideportivos, centros culturales y juveniles, etc.
g) Contemplarán procedimientos para garantizar la seguridad de los usuarios durante el desarrollo de las actividades.
h) Garantizarán la no disponibilidad ni la promoción de alcohol u otras drogas.
i) La Corporación Local deberá cofinanciar el programa con, al menos, el 30% del coste final del mismo. No serán considerados costes del programa los gastos de personal propio municipal, funcionario o laboral, ni los de mantenimiento habitual de los locales utilizados.
Documentos asociados
Boletín:
11/08/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 191
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 191
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento