Ayudas economicas a Entidades sin fines de lucro por actividades desarrolladas en el area de la Educacion de las Personas Adultas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S49364/14

Norma:

ORDEN de 15 de octubre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 28/11/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones a entidades radicadas en la Comunidad Autónoma que, sin finalidad de lucro, hayan colaborado durante el curso 2013-2014 en el área de la Educación de las Personas Adultas a nivel de Educación Básica.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– El importe máximo de la ayuda podrá alcanzar al 100% del presupuesto presentado.

2.– Los criterios a utilizar para la determinación de la cuantía de las subvenciones son los siguientes:

a) El 70% del presupuesto global se distribuirá entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos, proporcionalmente a la puntuación global obtenida según los criterios establecidos en el artículo siguiente.

De dicha cantidad se deducirá, en su caso, la cuota abonada por el alumnado.

b) El 20% del presupuesto se dividirá por el número total de alumnos y alumnas que están cursando enseñanzas de Educación Básica conducentes a la obtención de título con validez oficial en las entidades seleccionadas, calculando de esta forma la cantidad que le corresponde a cada entidad según el número de alumnas y alumnos atendidos.

c) El 5% se distribuirá de forma proporcional a la puntuación obtenida en función de la calidad pedagógica del proyecto presentado.

d) El 5% se distribuirá de forma proporcional a la puntuación obtenida por la atención a grupos marginados o especialmente desfavorecidos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades, instituciones, o, en general, colectivos constituidos legalmente que tengan autorizadas las actividades de Educación de las Personas Adultas a nivel de Educación Básica y que no tengan fines de lucro en ésta ni en otras actividades educativas que puedan desarrollar y siempre que cumplan los requisitos exigidos por la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades de Educación de las Personas Adultas a nivel de Educación Básica conducentes a la obtención de título con validez oficial.

Dichas actividades deberán realizarse durante el curso 2013-2014, abarcar el curso completo y cumplir los requisitos establecidos por la Orden de 31 de octubre de 2008, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que establece el currículo específico de la Educación Básica para las personas adultas y se implanta en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Requisitos:

a) Tener la condición de entidades sin ánimo de lucro.

b) Contar con la correspondiente autorización para las actividades de educación de personas adultas a nivel de educación básica para el curso 2013-2014 y haber realizado la actividad subvencionable.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

d) No hallarse sancionada administrativamente o pendiente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas y no estar incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a los que hayan producido por discriminación de sexo, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final Sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 28/10/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 205
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento