Ayudas económicas a entidades que desarrollan actividades de apoyo a la función tutelar de personas con discapacidad intelectual y/o trastorno del desarrollo de enero a julio de 2019.
Código de ayuda:
S61928/19Norma:
Resolución de 26 de noviembre de 2019.Plazo de Solicitud:
Hasta el 18 de diciembre de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de esta convocatoria y bases reguladoras específicas es la financiación de la actividad de FUNCIÓN TUTELAR desarrollada por entidades privadas sin ánimo de lucro dirigida a personas con discapacidad intelectual y/o trastornos del desarrollo.Categorías Subvención
- Discapacidad / Personas con discapacidad
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El precio mensual máximo subvencionable de la actividad de apoyo a la función tutelar por persona tutelada o persona de la que se tramita la tutela es de 137,61 euros. Se generará el derecho de ayuda económica de la persona usuaria de la actividad de apoyo a la función tutelar si esta se incorpora antes del día 16 del correspondiente mes en que se da de alta en la entidad. Las incorporaciones de los usuarios a partir del día 16 del mes en que sea dado de alta se contabilizará en el mes siguiente.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro que realizan las actividades que son objeto de esta convocatoria y que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. representación y apoyo ante instituciones2. vigilancia de la evolución de la persona usuaria en los servicios sociales o de otro tipo a que asista
3. acompañamiento de la persona durante su desarrollo vital
4. detección de situaciones de carencia y de necesidades personales en cualquier ámbito de la vida
5. ejercicio administrador de sus bienes
6. representación de la persona en todas las acciones, actividades, etc., en que sea necesario.
Requisitos:
• Estar legalmente constituidas.• No tener ánimo de lucro.
• Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.
• Estar inscrita en el Registro Unificado de Servicios Sociales de las Islas Baleares, antes de la fecha de la solicitud en el marco de esta convocatoria.
• Tener capacidad jurídica y de obrar.
• Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consejo de Mallorca y con el IMAS y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.
• No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (LGS).
• Disponer de la autorización para prestar un servicio de función tutelar.
Documentos asociados
Boletín:
03/12/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 163
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 163
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
03/12/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 163
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 163
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento