Ayudas económicas a entidades que llevan a cabo actividades en materia de servicios sociales.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S32355/16

Norma:

Palma, 29 de julio de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de agosto de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de esta convocatoria es fijar los criterios y el procedimiento de concesión de las ayudas económicas dirigidas a apoyar la financiación de las actuaciones que en materia de servicios sociales hayan realizado las entidades y asociaciones sin ánimo de lucro desde día 1 de enero de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015, de acuerdo con las características y los requisitos que establece esta Resolución. Las actuaciones pueden ser de carácter preventivo, asistencial, de inserción y reinserción para personas o colectivos de la isla de Mallorca, en alguna de las situaciones con necesidad de atención prioritaria señaladas en el art. 6 de la ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Islas Baleares.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se destina a la convocatoria es de 200.000,00 €, del presupuesto de gastos del IMAS para el año 2016.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar una ayuda en el marco de esta convocatoria las entidades y las asociaciones que presenten un proyecto que hayan llevado a cabo entre alguna de las actividades que se mencionan en el punto 2 de esta convocatoria, siempre que, además , reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1 Actividades de carácter preventivo, de información, de atención y de apoyo social, psicológico y emocional a personas afectadas por situaciones que generan vulnerabilidad, dependencia, riesgo de aislamiento, discriminación, marginación y exclusión social.

2 Actividades de inserción, rehabilitación e integración sociolaboral de personas y / o colectivos con dificultades sociales, más desfavorecidos y / o excluidos socialmente; así como actuaciones que complementen programas de asistencia, inserción y reinserción social del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales y / o de los servicios sociales de atención primaria que se gestionen desde el ámbito municipal.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas.

b) No tener ánimo de lucro.

c) Tener domicilio social (representación o delegación) en la isla de Mallorca.

d) Estar inscrita en el Registro Central de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares o en lo que corresponda, antes de la fecha de la solicitud en el marco de esta convocatoria.

e) Tener capacidad jurídica y de obrar.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con el Consejo de Mallorca y con el IMAS y de las otras obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que vengan impuestas por la normativa vigente.

g) No incurrir en ninguna de las prohibiciones para ser beneficiario que establece el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2016
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 102
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento