Ayudas económicas a la formación de los trabajadores y trabajadoras afectados por un expediente de regulación de empleo que conlleve la suspensión del contrato de trabajo, en el ámbito de la Comunidad Autonóma del País Vasco - Convocatoria 2010.- Modificación.
Código de ayuda:
S19546/09Norma:
ORDEN de 24 de febrero de 2009. Orden de 9 de septiembre de 2009. ORDEN de 14 de abril de 2010. ORDEN de 29 de julio de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/11/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
El fomento de la mejora de la cualificación profesional de los trabajadores y trabajadoras de las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco afectadas por un expediente de regulación de empleo (ERE) autorizado que conlleve la suspensión de contratos de trabajo. Se prevén ayudas destinadas a la financiación de los planes formativos presentados por las empresas, así como ayudas individuales para los trabajadores afectados por el expediente de regulación de empleo que implique la suspensión de su relación laboral, que participen con aprovechamiento en dichos planes de formación o, en determinadas situaciones previstas, en las acciones formativas de los planes de formación continua de oferta que se convoquen de forma ordinaria.Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
I: AYUDAS ECONOMICAS A LOS PLANES DE FORMACIÓN PRESENTADOS POR EMPRESAS.La ayuda a otorgar para la financiación de las acciones de formación se calculará teniendo en cuenta
que se aplicará la tarifa máxima de 9 euros/hora de formación/participante. Cuando se justifique que la acción es de nivel superior debido a su especialización, la tarifa máxima podrá ser de 13 euros/hora de
formación/participante.
En las empresas de menos de 25 trabajadores, se aplicará una tarifa de hasta 20 euros/hora de formación/
participante.
En cualquier caso, el importe máximo de subvención por el concepto de gastos de formación por trabajador, no será superior a 270 horas o 13 euros/hora con el límite máximo de 3.510 euros, a excepción de las empresas de menos de 25 trabajadores, de acuerdo con el párrafo anterior.
En la liquidación final de la ayuda se ajustará la ayuda final al número de participantes en la formación
que han sido aptos, de acuerdo con lo establecido en la base decimoprimera.
La ayuda máxima a otorgar a los trabajadores y trabajadoras que participen en las acciones formativas
se calculará sobre la base de 4 euros por cada hora de participación en formación, no pudiendo superar
la cantidad recibida el límite máximo de 800 euros.
II: AYUDAS ECONOMICAS A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.
La ayuda máxima a otorgar a los trabajadores y trabajadoras se calculará sobre la base de 4 euros por cada hora de participación en formación, no pudiendo superar la cantidad recibida el límite máximo de 800 euros por trabajador o trabajadora.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
I: AYUDAS ECONOMICAS A LOS PLANES DE FORMACIÓN PRESENTADOS POR EMPRESAS.Son beneficiarios de las ayudas las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco afectadas por un ERE que conlleve la suspensión de contratos de trabajo, y los trabajadores y trabajadoras cuya relación
laboral sea suspendida, en los términos contemplados en la presente Orden.
II: AYUDAS ECONOMICAS A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.
Trabajadores y trabajadoras de la Comunidad Autónoma del País Vasco pertenecientes a empresas afectadas por un ERE que conlleve la suspensión de sus contratos de trabajo
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
I: AYUDAS ECONOMICAS A LOS PLANES DE FORMACIÓN PRESENTADOS POR EMPRESAS.II: AYUDAS ECONOMICAS A LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.
Documentos asociados
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BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 180
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26/04/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 76
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26/08/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 164
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