Ayudas economicas a los acogimientos familiares de caracter urgente, simple o permanente con familia extensa o familia ajena.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S32328/13Norma:
Eivissa, 14 de agosto de 2013.Plazo de Solicitud:
Hasta el día 30 de septiembre de 2013.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer un sistema de ayudas económicas para acogimientos familiares en familia extensa y familia ajena de carácter urgente, temporal o permanente, con el fin de dar soporte económico a las familias acogedoras en el ejercicio de las funciones propias de la guarda, para acogimientos formalizados por el Consejo Insular de Eivissa y que estén en vigor del 1 de octubre al 31 dediciembre de 2012 así como aquellos que estén vigent es durante el año 2013.
Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según tipo de familia y acogimiento.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que tengan formalizado acogimiento familiar en familia extensa y familia ajena de carácter urgente, simple o permanente por el Consell Insular de Eivissa, siendo indiferente el lugar de residencia de las familias acogedoras.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los acogimientos familiares de caracter urgente, simple o permanente con familia extensa o familia ajena.Requisitos:
En el supuesto de matrimonios o parejas de hecho que ejerzan el acogimiento de forma conjunta, sólo uno de ellos, indistintamente, podrá solicitar la ayuda y constará como beneficiario de la misma, sin perjuicio de que éste tendrá que aplicarla en beneficio de la unidad familiaracogedora y para la finalidad para la que se otorga.
Cuando se trate de diversos menores acogidos por un matrimonio o pareja de hecho, sólo uno de los conyugues o miembro de la pareja podrá solicitar y constar como beneficiario de la ayuda para todos los menores acogidos, tramitándose un sólo expediente de forma conjunta con
respecto a todos los acogidos.
Documentos asociados
Boletín:
17/08/2013
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 115
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 115
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento