Ayudas económicas a personas en situación de urgente necesidad.

Código de ayuda:

S31455/05

Norma:

Convocatoria de 18 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: Sin determinar

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas irán dirigidas a cubrir total o parcialmente situaciones de extrema urgencia o grave necesidad de personas físicas, con carácter individualizado.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Ayuntamiento de Zamora (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que reúnan los siguientes requisitos:
1.-Ser español o extranjero en situación de residencia legal en España.
2.-Estar empadronado en el municipio de Zamora, como mínimo, con anterioridad a seis meses a la fecha de solicitud de la ayuda.
3.-Que la unidad familiar tenga unos ingresos netos inferiores al SMI incrementado en un 25% más por cada uno de los miembros de la unidad familiar.
4.-Haber justificado en tiempo y forma las ayudas concedidas anteriormente.
5.-No disponer de ingresos suficientes para hacer frente a la situación de necesidad planteada.
6.-Estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
7.-Estar al corriente con la Recaudación municipal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán concederse ayudas de urgente necesidad para cubrir cualquiera de los siguientes conceptos:
1.-Para cubrir gastos de alojamiento temporales, ante emergencias o siniestros.
2.-Para gastos relacionados con necesidades primarias esenciales tales como manutención, alimentación infantil y regímenes
especiales, siempre que se justifique su necesidad con el correspondiente informe médico.
3.-Prótesis y órtesis, ortodoncia dental, gafas, plantillas, calzado especial, audífonos….. siempre y cuando no se cubran por otras instituciones y se acredite su necesidad mediante informe médico del especialista.
4.-Alquiler de vivienda habitual que no podrá exceder de cuatro mensualidades de renta al año.
5.-Gastos de hipoteca que no podrán exceder de cuatro cuotas anuales.
6.-Compra y/o reparación de mobiliario básico.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2005
BO Provincia de Zamora- Nº 67
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento