Ayudas económicas con carácter de subvención para actuaciones de mejora del medio y de las infraestructuras en terrenos cinegéticos.
Código de ayuda:
S04655/21Norma:
Orden 34/2015, de 25 de agosto. Resolución 160/2021, de 23 de febrero.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de abril de 2021.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el ejercicio 2021 las ayudas reguladas por la Orden 34/2015, de 25 de agosto, estas ayudas tienen por objeto la financiación parcial por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, en cada ejercicio presupuestario, del gasto efectuado por los titulares o adjudicatarios de los aprovechamientos de terrenos cinegéticos para el pago de las actuaciones de mejora del medio y de las infraestructuras en terrenos cinegéticos efectuadas durante el año.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor
La Rioja
Convoca:
Consejería de Sostenibilidad y Transición Ecológica y Portavocía de Gobierno (La Rioja)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima de la ayuda será del 35% del coste de la inversión subvencionable.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los titulares de los Cotos de Caza de La Rioja, excluidos los cotos comerciales, o los adjudicatarios de los aprovechamientos cinegéticos de aquellos; siendo requisito indispensable para poder acceder a estas ayudas que el Coto disponga de Plan Técnico de Caza Aprobado, que esté al corriente de pago la matrícula anual y las tasas que esté obligado a abonar y que el solicitante no tenga pendientes de pago tasas en materia de caza que le hayan sido liquidadas, con anterioridad a la finalización del plazo establecido para la presentación de solicitudes.Requisitos:
a) Tener un plan técnico de caza aprobado y cumplir con lo establecido en el mismo.b) Estar al corriente del pago de la matrícula de caza y las tasas que esté obligado a abonar, así como cualquier liquidación en materia cinegética que este obligado a abonar.
c) Cuando el solicitante sea adjudicatario del coto, la solicitud deberá estar conformada con el visto bueno del titular del coto.
d) Únicamente habrá una solicitud de ayuda y un beneficiario por coto de caza.
Documentos asociados
Boletín:
28/08/2015
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 111
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
10/03/2021
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 49
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 49
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento