Ayudas economicas de emergencia viviendas.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S25128/14Norma:
En Majadahonda, a 12 de mayo de 2014.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular ayudas económicas para aquellas familias que se encuentran en los supuestos de viviendas objeto de ejecuciones hipotecarias y de dación en pago, como consecuencia de situaciones de especial vulnerabilidad por su situación socioeconómica, en el municipio de Majadahonda, con el fin de ayudarles a superar esta situación.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Ayuntamiento de Majadahonda (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que cumplan los requisitos establecidos.Requisitos:
a) Ser persona física.b) Tener expediente abierto en la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia.
c) Que la vivienda objeto de la ejecución hipotecaria o de dación en pago haya constituido de forma ininterrumpida la vivienda habitual del solicitante. Entendiéndose que se produce dicha situación a efectos de las presentes bases cuando el sujeto pasivo esté empadronado en el municipio de Majadahonda con al menos tres años de antelación a la fecha de ejecución hipotecaria o de dación en pago.
d) Ser titular de la propiedad de la vivienda objeto de la ejecución hipotecaria o de dación en pago y que esta constituya la única vivienda en propiedad del solicitante.
e) Cumplir el baremo económico establecido en estas bases.
f) Dada la naturaleza de la subvención los beneficiarios deberán cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones salvo los previstos en el apartado 2, letras b) y e).
g) En caso de existir una deuda con el Ayuntamiento relacionada con el inmueble objeto de la ejecución hipotecaria o de dación en pago se aplicará la ayuda preferentemente al pago de la misma.
h) En la convocatoria se especificará la forma de acreditación.
Documentos asociados
Boletín:
03/06/2014
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 130
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