Ayudas economicas del Consell Insular de Menorca para estancias en centros terapeuticos y/o residenciales ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados, para el año 2010.

Código de ayuda:

S35664/10

Norma:

Acuerdo de 3 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar estancias terapéuticas o residenciales en centros ubicados fuera de la isla de Menorca y a subvencionar desplazamientos de las personas usuarias de estos centros o de sus familiares.

- Posibilitar la atención social o sociosanitaria a personas que los servicios sociales o sanitarios públicos han valorado que necesitan una estancia en un centro residencial o terapéutico para el que no hay recursos disponibles en los sistemas públicos de protección social en Menorca o en el conjunto de las Islas
Baleares.

- Facilitar los desplazamientos de las personas usuarias de estos centros y de sus familias, que generan un gasto extraordinario.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En el caso de las ayudas para estancias en centros terapéuticos o residenciales (tipología 2.1) se financiará como máximo el 75 % del coste total, aunque de forma excepcional, y especialmente en los casos de menores de edad en situación de desprotección, se puede superar este porcentaje. En cualquier caso se valorará la capacidad económica del núcleo de convivencia y la posibilidad de que otras administraciones o entidades participen en la financiación.

En el caso de las ayudas para transporte y desplazamientos (tipología 2.2), se financiará como máximo el 50 % del coste total, teniendo en cuenta la capacidad económica del núcleo de convivencia y la financiación de otras administraciones o entidades.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas para estancias en centros residenciales o terapéuticos:

- Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad derivada de enfermedad mental.

- Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad intelectual.

- Centros terapéuticos o residenciales de atención a personas con discapacidad física.

- Centros de atención para personas con algún tipo de adicción.

- Centros residenciales de acogida de menores.

2. Ayudas para transporte y desplazamientos:

- Desplazamientos para la persona beneficiaria del centro terapéutico o residencial.

- Desplazamientos para acompañantes, en aquellos casos que sea necesario.

- Desplazamientos para visitas de familiares, en el supuesto de que sea recomendable para la adecuada evolución de la persona o para que participe en sesiones terapéuticas familiares.

Requisitos:

Que la persona beneficiaria esté empadronada en un municipio de Menorca.

Que la persona solicitante sea mayor de 18 años, o bien menor con cargas familiares.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento