Ayudas economicas destinadas a entidades locales de la Comunitat Valenciana para la financiacion de los gastos corrientes de las Agencias AMICS de su titularidad en el ejercicio 2011.
Código de ayuda:
S64519/10Norma:
ORDEN 22/2010 de 30 de noviembre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/01/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
La financiación de los gastos corrientes derivados del sostenimiento, por parte de las entidades locales titulares, de las Agencias de Mediación para la Integración y la Convivencia Social (AMICS), en el ejercicio 2011.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Formación
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
![](https://www.infoayudas.com/images/detalle/17.png)
Convoca:
Consejeria de Solidaridad y Ciudadania (Comunidad Valenciana)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las entidades locales de la Comunitat Valenciana que cumplan los requisitos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán gastos subvencionables los gastos del personal adscrito a la Agencia AMICS y los de funcionamiento y mantenimiento inherentes a la misma, así como los demás gastos de naturaleza corriente generados por la realización de programas formativos o de integración social dirigidos a la población inmigrante de su ámbito territorial, siempre que hayan sido efectivamente realizados a lo largo del ejercicio 2011.Requisitos:
a) Haber sido beneficiario de:a.1) Las subvenciones para la puesta en marcha, funcionamiento y mantenimiento de una Agencia de Mediación para la Integración y la Convivencia Social (AMICS), articuladas mediante convenio de colaboración, en los ejercicios anteriores al 2008.
a.2) Las ayudas establecidas mediante convocatoria de ayudas económicas destinadas a entidades locales de la Comunitat Valenciana, para la creación y puesta en marcha de Agencias AMICS en los ejercicios
2008, 2009 o 2010.
b) Disponer de un Plan de Integración Social de las Personas Inmigrantes, vigente, en el ámbito territorial correspondiente, a la fecha de finalización de presentación de solicitudes.
c) No estar incursa la entidad local en alguna de las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en los artículos 18 y concordantes del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
03/12/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6411
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6411
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento