Ayudas economicas individuales para la participacion del profesorado de la Comunidad Autonoma de Cantabria en actividades de formacion permanente.
Código de ayuda:
S25600/09Norma:
Orden EDU/29/2009, de 23 de marzo.Plazo de Solicitud:
Consultar Artículo tercero.- Solicitudes: Forma, lugar y plazo de presentación, el apartado 1º.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases y convocar ayudas económicas individuales, mediante el procedimiento ordinario en régimen de concurrencia competitiva, para la realización por parte del profesorado de la Comunidad Autónoma de Cantabria de actividades de formación permanente, cuya fecha de inicio esté comprendida entre el 1 de septiembre de 2008 y el 31 de agosto de 2009, ambos inclusive. Excepcionalmente, en el caso de que la solicitud se refiera a estudios universitarios o de postgrado, el inicio estará comprendido en el curso 2008/2009, incluidas las pruebas académicas derivadas de la matrícula realizada en dichos estudios, excepto las que se realicen con posterioridad a la resolución del procedimiento establecido en esta convocatoria.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Educación y Ciencia
- Formación
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Educación y Formación Profesional (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas a conceder durante el año 2009, cuyo importe global no podrá superar la cantidad de 81.600 euros, se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 09.06.322A.489.05 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para 2009.El importe de las ayudas estará determinado por las disponibilidades presupuestarias, la ponderación tanto de las ayudas solicitadas como de los criterios establecidos para su concesión y el número de solicitantes, no pudiendo exceder cada tipo de ayuda la cuantía máxima que se detalla a continuación:
- Para ayudas de tipo A: Máximo 600,00 euros.
- Para ayudas de tipo B: Máximo 800, 00 euros.
- Para ayudas de tipo C: Máximo 1000,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas los profesores y el personal especializado docente, que reúnan las condiciones que se indican a continuación:a) Estar prestando servicios en centros docentes públicos o en unidades concertadas de centros privados de Educación Especial, Educación de Personas Adultas, Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Ciclos Forma - tivos de Grado Superior, Enseñanzas Artísticas y de Idiomas, y en servicios Técnicos de Apoyo a los mismos con ubicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
b) No haber percibido una ayuda económica para la realización de una actividad de formación del profesorado convocada por la Orden EDU/45/2008, de 27 de mayo de 2008, (BOC de 18 de junio de 2008). Este requisito no será exigido a quienes soliciten ayuda económica para cursar estudios universitarios de Doctorado, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, cursos de especialización, de postgrado, o equivalentes, y para aquellos profesores que desarrollen un programa de formación mediante estancias en empresas o para la puesta en marcha de Programas de Educación Bilingüe, de acuerdo con las órdenes reguladoras de estas actividades.
c) No ser beneficiario/a de otra ayuda a través de la presente convocatoria.
d) No ser beneficiario/a de una ayuda de formación continua del profesorado correspondiente a la Convocatoria de los años 2008 y 2009 del Programa de Aprendizaje Permanente de la Unión Europea, salvo aquellos profesores que participen en dicha acción y estén impartiendo Programas de Educación Bilingüe.
e) No ser beneficiario/a de licencia de estudios durante el período de celebración de la actividad.
No podrán tener condición de beneficiarias aquellas personas que estén incursas en algunos de los supuestos contemplados en el artículo 12 de la Ley de Canta bria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se establecen los siguientes tipos de ayudas:- Tipo A: Actividades de formación realizadas a distancia o dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Tipo B: Actividades de formación realizadas fuera del ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria y dentro de España.
- Tipo C: Actividades de formación realizadas en el extranjero.
Documentos asociados
Boletín:
31/03/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 62
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento