Ayudas económicas para ampliación de estudios de idiomas, música, danza, arte dramático, diseño, conservación y restauración de bienes culturales y artes plásticas y diseño en el extranjero para el año 2024.

Código de ayuda:

S11819/24

Norma:

Orden 2214/2024, de 6 de junio. Orden 1745/2016, de 31 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de junio de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para la ampliación de estudios de idiomas, música, danza, arte dramático, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, y artes plásticas y diseño en centros superiores o de reconocido prestigio en el extranjero.

Las ayudas serán destinadas a sufragar los gastos de inscripción o matrícula, desplazamiento, alojamiento, manutención, transporte local, seguro de accidentes y material fungible necesario para el desarrollo de las actividades.

Los alumnos de danza, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, y artes plásticas y diseño podrán ampliar sus estudios, además de en los centros citados, en compañías de danza, empresas o centros específicos vinculados con el ámbito del diseño, museos, galerías o centros de arte en el extranjero, siempre que estos estudios se inscriban dentro de un proyecto pedagógico y no exista relación laboral en el desarrollo de la actividad subvencionada

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Educación, Ciencia, y Universidades. (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas los alumnos menores de 34 años a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que inicien y desarrollen la actividad subvencionada durante el curso 2023-2024.

Requisitos:

a) Alumnos de enseñanzas profesionales y estudios superiores de música y danza que hayan finalizado la totalidad de las correspondientes titulaciones o estudios en centros públicos de la Comunidad de Madrid con posterioridad a la fecha indicada en el presente artículo y hayan obtenido una nota media mínima de 8.

b) Alumnos de la Real Escuela Superior de Arte Dramático de la Comunidad de Madrid que hayan finalizado la totalidad de las correspondientes enseñanzas con posterioridad a la fecha indicada en el presente artículo y hayan obtenido una nota media mínima de 8.

c) Alumnos de escuelas de arte y de la Escuela Superior de Diseño y la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales de la Comunidad de Madrid que hayan finalizado la totalidad de las correspondientes enseñanzas con posterioridad a la fecha indicada en el presente artículo y hayan obtenido una nota media mínima de 8. d) Alumnos de escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad de Madrid que hayan obtenido el certificado de nivel avanzado con una calificación numérica igual o BOCM-20240606-14 superior a 8 con posterioridad a la fecha indicada en el presente artículo.

e) Alumnos residentes en la Comunidad de Madrid que, desde muy corta edad han manifestado un talento y una alta cualificación en el ámbito artístico, avalada por profesionales de reconocido prestigio nacional e internacional, y que, dada la falta de sincronía entre su edad y su aprendizaje artístico, han optado por modelos de enseñanzas de carácter singular, fuera del marco de la normativa vigente para enseñanzas artísticas.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2017
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 171
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/06/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 134
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 06/06/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 134
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento