Ayudas economicas para el curso 2008-2009 y se convoca a las Corporaciones Locales que son titulares de Escuelas Infantiles de cero a tres años para la formalizacion de convenios de colaboracion entre el Departamento de Educacion, Universidades e Investigacion y dichas Corporaciones Locales.

Código de ayuda:

S57837/08

Norma:

ORDEN de 29 de julio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar a los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País Vasco que son titulares de Escuelas Infantiles para niños y niñas de 0 a 3 años.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía por cada plaza ocupada será del 60% del módulo establecido en el artículo 6 de esta Orden para
el tramo de edad de 0-1 y 1-2 años, y del 100% en el tramo de edad de 2-3 años en el ejercicio correspondiente a septiembre - diciembre, ambos incluidos, del 2008, y en el ejercicio correspondiente enero-julio, ambos incluidos, del 2009, con las salvedades y condiciones que se establecen en esta convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán participar en la presente convocatoria los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma del País
Vasco que sean titulares de guarderías y/o Escuelas Infantiles creadas con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto 297/2002, de 17 de diciembre, por el que se regulan las Escuelas Infantiles para niños/as de cero a tres años en la Comunidad Autónoma del País Vasco y aquellos Ayuntamientos titulares de Guarderías Infantiles transferidas en su momento por el Instituto Nacional de Asistencia Social siempre que, al inicio del plazo de presentación de solicitudes, no hubieran convergido en el Consorcio Haurreskolak.

Requisitos:

Para ser beneficiario de estas ayudas, los Ayuntamientos que las soliciten deberán aplicar el Decreto
35/2008, de 4 de marzo, por el que se regula la admisión del alumnado en centros públicos y concertados
(BOPV de 6 de marzo de 2008), y normas que lo desarrollen de acuerdo con el anexo X de esta Orden.

Documentos asociados

Boletín: 25/08/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 160
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento