Ayudas economicas para el mantenimiento de casas payesas de Formentera.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S29237/11Norma:
Formentera, a 11 de mayo de 2011. Formentera, a 19 de mayo de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/06/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar el mantenimiento y la rehabilitación de casas payesas, con la intención de que se puedan beneficiar los propietarios y usuarios de aquellas viviendas tradicionales que se han mantenido al margen de intervenciones modernas poco adecuadas.Categorías Subvención
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las subvenciones estará limitada con un máximo del 50% del presupuesto total solicitado y previsto para la ejecución de las obras y el mantenimiento o la recuperación del bien inmueble. En todo caso, el importe máximo de las ayudas individuales será de 10.000 euros, y excepcionalmente, de 15.000 euros en los casos de sustituciones de cubiertas que impliquen proyecto y licencia de obra mayor, dado el incremento de gastos que supone este hecho .Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas propietarias de los inmuebles que son objeto de subvención o los titulares de derechos reales sobre los citados inmuebles y los arrendatarios de los mismos siempre que acreditenla conformidad de la propiedad con las obras a realizar.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se subvencionarán aquellas obras menores, definidas como tales en el artículo 7.2 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de las Illes Balears y, en concreto, las obras de mantenimiento y/o de recuperación descritas a continuación y, excepcionalmente, también las obras de reparación decubiertas, incluidas las sustituciones de vigas, que ya suponen obra mayor. Por mantenimiento se entenderá la conservación y la reparación de los siguientes elementos:
• Cubierta
• Impermeabilización con arcilla u otros sistemas (en cubiertas planas)
• Cambio de tejas (en cubiertas con vertiente)
• Sustitución de elementos interiores: vigas, jácenas, ‘tegell’ y ‘mitjans’
• Reparación integral de cubierta con mantenimiento de todos los elementos y sistemas originales (vigas, jácenas, ‘tegell’ y ‘mitjans’, alga, ‘carbonell’ y arcilla o tejas)
• Reposición de los canalones de desagüe (en cubiertas planas)
• Muros
• Reparación y consolidación de muros del edificio y del ‘tancó’, así como de los corrales inmediatos
• Reparación de descascarillados y ‘escrostats’ de los revestimientos
• Enlucidos interiores y exteriores (con cal, almagre roja o amarilla, azulete de las paredes, rodapiés pintados, etc.)
• Pavimentos
• Reparación y reposición de los pavimentos originales (de baldosa cerámica, hidráulica, losas de piedra o ‘trespol’)
• Carpintería
• Conservación y reparación de otros elementos de madera, además del envigado: dinteles de aberturas, puertas, ventanas, barreras, barandas, etc.)
Por otra parte, la recuperación consistirá en la eliminación o la sustitución de intervenciones menores o no adecuadas o de sus efectos. Se consideran menores aquellas que no afectan a la estructura del inmueble. Por lo tanto, se considerarán intervenciones destinadas a la recuperación de casas payesas:
• Eliminación y/o sustitución de estructuras adosadas, superpuestas, apoyadas, etc., al edificio original y levantadas con materiales, sistemas constructivos o con una concepción claramente no ajustada a la tradición constructiva de las Pitiusas.
• Eliminación o sustitución de estructuras que sin estar en contacto directo con el edificio original están en las cercanías, afectando las visuales y el aspecto general del conjunto.
• Eliminación de referidos hechos con materiales no tradicionales.
• Sustitución de cubiertas ligeras no tradicionales por otras ajustadas a la tradición, especialmente en enramadas y porches, etc.
• Sustitución de intervenciones realizadas en el edificio original en que no se utilizaron los materiales o las técnicas tradicionales.
• Eliminación de pavimentos modernos que cubran los originales.
• Otras intervenciones que se puedan tomar en consideración en cada caso.
Requisitos:
1. Las casas deben ser de construcción rural antigua, hechas con elementos y procedimientos tradicionales.2. Deben estar incluidas en el Catálogo o en el Inventario del Patrimonio Cultural de Formentera.
3. No pueden haber sufrido reformas anteriores poco adecuadas que la dañen o desvirtúen sin remedio.
Documentos asociados
Boletín:
19/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
26/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 77
Documento: Anuncio. Descargar Documento
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Boletín:
28/05/2011
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 78
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento
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