Ayudas económicas para el mantenimiento y la recuperación de Casas Payesas de Ibiza y Formentera.

Código de ayuda:

S11491/04

Norma:

Convocatoria de 13 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mantener y/o mejorar el estado de conservación de aquellos bienes que se consideran interesantes desde un punto de vista patrimonial a la vista de sus características, estado de conservación, etc.

Concienciar en general la sociedad pitiüsa del valor de este testigo del pasado y que, sin perjuicio que sean casas de propiedad privada, pueden ser conservadas y mantenidas con su aspecto original con la colaboración de las instituciones.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las ayudas individuales será de 10.000 euros, y excepcionalmente de 12.000 euros en los casos de sustituciones de cubiertas que impliquen proyecto y licencia de obra mayor, debido al incremento de gastos que este hecho supone.
En cualquier caso, las obras sólo se subvencionarán con un máximo de un 50% del presupuesto total solicitado y previsto para la ejecución de las obras y mantenimiento o recuperación del bien inmueble.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas propietarias de los inmuebles que se quieren mantener o recuperar y las personas usuarias y poseedoras del bien que acrediten cualquier título que les legitime para hacer la solicitud.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las obras menores, definidas como tales en el artículo 7 de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de las Islas
Baleares y, en concreto, las obras de mantenimiento y/o de recuperación descritas a continuación y también las obras de reparación de cubiertas, incluidas las sustituciones de vigas.

- Mantenimiento:
Argilado de las azoteas.
Encalado con cales, almagre (rojo o amarillo), azul de las paredes, rodapies
Pintados, etc. tanto en interiores como exteriores.
Reparación de despellejados o desconchados de los enlucidos de los muros.
Reposición y reparación de los redondos o parte superior de los muros y de los canalones de desagüe y de las cañerías que Traen el agua a la cisterna.
Reparación y almagrado de la cisterna o cisternas de la casa.
Mantenimiento de los elementos de madera de la casa (puertas, ventanas, barreras, verjas, barandillas, pasamanos, etc.).

- Recuperación:
Eliminación o sustitución de intervenciones menores o no adecuadas o de sus efectos. Las intervenciones consideradas menores son aquellas que no afectan a la estructura del inmueble. Intervenciones destinadas a la recuperación de casas payesas podan ser:
La eliminación y/o sustitución de estructuras adosadas, superpuestas, apoyadas, etc. al edificio original y levantadas con materiales, sistemas constructivos o con una concepción claramente no ajustada a la tradición constructiva de Eivissa y Formentera.
La eliminación o sustitución de las estructuras que sin estar en contacto directo con el edificio original están en los alrededores, afectando las visuales y aspecto general de la casa.
La eliminación de enlucidos hechos con materiales no tradicionales.
La reparación de cubiertas: la retirada y reposición de elementos de las cubiertas (vigas o vigas maestras echadas a perder, arcilla, algas, carbonell, ripia, etc.).
La reparación de muros del edificio o del cercado o corrales inmediatos atacados por la erosión o por intervenciones no adecuadas.
La sustitución de cubiertas ligeras no tradicionales por otras más ajustadas a la tradición, especialmente en porchadas y porches, etc.
La reparación de las intervenciones realizadas en el edificio original en que no se utilizaron los materiales o técnicas tradicionales.

Otros que se tomarán en consideración en cada caso. Como novedad de la presente convocatoria se amplía el objeto de la subvención a otros elementos integrantes de la casa como son norias, torres, almazaras, molinos... salvo de paredes y pozos, que son objeto de otro tipo de subvenciones.

Requisitos:

Sin especificar.

Documentos asociados

Boletín: 22/04/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 55
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 28/09/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 135
Documento: Ampliación de plazo Descargar Documento