Ayudas económicas para la atención de la primera infancia en escuelas infantiles 0-3 no sostenidas con fondos públicos, a través del programa Bono concilia.- Convocatoria 2017.
Código de ayuda:
S23219/17Norma:
ORDEN de 12 de mayo de 2017.Plazo de Solicitud:
Hasta el 26 de junio de 2017.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, para la atención educativa de niñas y niños de 0 a 3 años, en las modalidades establecidas en el artículo 4.2, en escuelas infantiles 0-3 no sostenidas con fondos públicos a través del programa Bono Concilia (procedimiento BS403A), y proceder a su convocatoria para el curso 2017/18.Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Politica Social e Igualdad (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda consistirá en una cantidad mensual para contribuir al pago del importe de la plaza en una escuela infantil 0-3 no sostenida con fondos públicos por un período máximo de 11 meses, y estará en función de la renta per cápita de la unidad familiar.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Bono concilia las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia y que cumplan las condiciones.Requisitos:
a) Tener un hijo o hija nacido o nacida con posterioridad a 31 de diciembre de 2014.b) Estar en cualquiera de las circunstancias siguientes:
1º. Haber solicitado plaza en escuelas infantiles 0-3 sostenidas con fondos públicos para el curso 2017/2018 y no haberla obtenido, siempre que se haya ejercido la opción del programa Bono concilia.
2º. Haber solicitado plaza en escuelas infantiles 0-3 sostenidas con fondos públicos para el curso 2017/18 ejerciendo la opción del programa Bono concilia y, teniendo derecho por puntuación a una plaza, el horario demandado no coincida con el de apertura de la escuela infantil, porque ambos progenitores trabajan en turno de tarde o en turnos rotativos, circunstancia que se acreditará documentalmente.
3º. Obtener plaza en escuelas infantiles 0-3 sostenidas con fondos públicos para el curso 2017/18 y que se modifiquen considerablemente las condiciones en que ésta fue concedida.
4º. Haber obtenido ayuda de este programa en el curso 2016/17 y solicitarla para la misma niña o niño.
5º. Tener un hijo o hija que renueve la ayuda de este programa para el curso 2017/18 y obtener plaza en una escuela pública para un hermano o hermana habiendo marcado la opción del Bono concilia en su solicitud.
6º. Residir en ayuntamientos donde no existan escuelas infantiles 0-3 sostenidos con fondos públicos.
c) No disponer de otras ayudas para igual o análoga finalidad otorgadas por otros organismos o instituciones públicas o entes privados que, en concurrencia con la regulada en esta orden, supere el coste de la plaza.
d) Escolarizar al niño o niña en una escuela infantil 0-3 no sostenida con fondos públicos que cuente con la autorización pertinente según lo establecido en el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
24/05/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
24/05/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 98
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento