Ayudas economicas para la creación y el mantenimiento de bibliotecas públicas en la isla de Eivissa durante el año 2009.

Código de ayuda:

S43055/09

Norma:

Acuerdo del 22 de mayo de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/06/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de las bases y de la convocatoria de ayudas económicas para la creación y el mantenimiento de bibliotecas públicas en la isla de Eivissa durante el año 2009, y que se sigan los trámites necesarios hasta la resolución del expediente.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estas ayudas están dotadas económicamente en el presupuesto del ejercicio 2009, con una cantidad máxima de:

Modalidad A): Bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa: 117.000 € (105.000 € de la partida 4512 48900 y 12.000 € de la partida 4512 78900).
El importe máximo de las ayudas a cada biblioteca será 20.000 €.

Modalidad B): Bibliotecas municipales: 25.000 € (de la partida 4512 76200).
El importe máximo de las ayudas destinadas a cada biblioteca será de 12.000 €.

Modalidad C): Bibliotecas de nueva creación: 38.000 € (8.000 € de la partida 4512 48900 y 30.000 € de la partida 4512 78900).
El importe máximo de las ayudas para cada biblioteca será de 20.000 €.

En el caso de que la concesión de las ayudas a cualquiera de las modalidades no agote la cantidad destinada, el sobrante del importe podrá ser incorporado a las cantidades de las otras modalidades y/o a otras líneas de ayudas del Departamento.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Modalidad A): Bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa.

Podrán solicitar estas ayudas económicas las asociaciones legalmente constituidas en Eivissa, bien sean de madres y padres de alumnos, de vecinos, culturales y de cualquier otro tipo, que ya tengan una biblioteca integrada en la Red.

Modalidad B): Bibliotecas municipales.

Podrán solicitar estas ayudas los ayuntamientos de Eivissa para destinarlas al mantenimiento de sus bibliotecas municipales.

Modalidad C): Bibliotecas de nueva creación

Podrán solicitar estas ayudas económicas las asociaciones legalmente constituidas en Eivissa, bien sean de madres y padres de alumnos, de vecinos, culturales y de cualquier otro tipo, que quieran abrir un nuevo servicio de biblioteca pública y se responsabilicen de gestionarlo, integrándolo en la Red de Bibliotecas del Consell Insular.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se convocan ayudas económicas para la creación, el mantenimiento y la gestión de las bibliotecas de Eivissa durante el año 2009, con la intención de cumplir cualquiera de los siguientes objetivos:

a) Mantener actualizado el fondo bibliográfico y audiovisual de las bibliotecas.
b) Dotar de mobiliario adecuado los servicios bibliotecarios.
c) Permitir el acceso a la información sea cual sea su soporte, impulsando la presencia de las nuevas tecnologías en las nuevas bibliotecas como punto de acceso a la información.
d) Fomentar los hábitos culturales, entre ellos, y sobre todo, el de la lectura.
e) Proporcionar a los ciudadanos un recurso de ocio y recreo.

Podrán concederse ayudas en las siguientes modalidades:

Modalidad A): Bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa.

Únicamente serán objeto de subvención los gastos ocasionados por:
- La adquisición de fondo bibliográfico y/o audiovisual.
- El pago del personal bibliotecario.
- El funcionamiento de los servicios bibliotecarios: cuota de conexión a Internet.

Modalidad B): Bibliotecas municipales.

Únicamente serán objeto de subvención los gastos ocasionados por:
La adquisición de fondo bibliográfico y/o audiovisual.

Modalidad C): Bibliotecas de nueva creación

Únicamente serán objeto de subvención los gastos ocasionados por:
- La adquisición de fondo bibliográfico y/o audiovisual.
- La adquisición de mobiliario para la biblioteca.
- La adquisición de equipos informáticos y de reproducción audiovisual y multimedia para la biblioteca, que garanticen el acceso a la información y a los contenidos de la biblioteca.
- El pago del personal bibliotecario.
- La difusión de la biblioteca.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Solicitud Descargar Documento