Ayudas economicas para la creación y el mantenimiento de bibliotecas públicas en la isla de Eivissa durante el año 2009.
Código de ayuda:
S43055/09Norma:
Acuerdo del 22 de mayo de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
La aprobación de las bases y de la convocatoria de ayudas económicas para la creación y el mantenimiento de bibliotecas públicas en la isla de Eivissa durante el año 2009, y que se sigan los trámites necesarios hasta la resolución del expediente.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Asociacionismo y Voluntariado
- Audiovisual, Prensa y Publicaciones
- Corporaciones Locales
Localización del organismo gestor
Islas Baleares
Convoca:
Consejo Insular de Ibiza (Islas Baleares)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Estas ayudas están dotadas económicamente en el presupuesto del ejercicio 2009, con una cantidad máxima de:Modalidad A): Bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa: 117.000 € (105.000 € de la partida 4512 48900 y 12.000 € de la partida 4512 78900).
El importe máximo de las ayudas a cada biblioteca será 20.000 €.
Modalidad B): Bibliotecas municipales: 25.000 € (de la partida 4512 76200).
El importe máximo de las ayudas destinadas a cada biblioteca será de 12.000 €.
Modalidad C): Bibliotecas de nueva creación: 38.000 € (8.000 € de la partida 4512 48900 y 30.000 € de la partida 4512 78900).
El importe máximo de las ayudas para cada biblioteca será de 20.000 €.
En el caso de que la concesión de las ayudas a cualquiera de las modalidades no agote la cantidad destinada, el sobrante del importe podrá ser incorporado a las cantidades de las otras modalidades y/o a otras líneas de ayudas del Departamento.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Modalidad A): Bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa.Podrán solicitar estas ayudas económicas las asociaciones legalmente constituidas en Eivissa, bien sean de madres y padres de alumnos, de vecinos, culturales y de cualquier otro tipo, que ya tengan una biblioteca integrada en la Red.
Modalidad B): Bibliotecas municipales.
Podrán solicitar estas ayudas los ayuntamientos de Eivissa para destinarlas al mantenimiento de sus bibliotecas municipales.
Modalidad C): Bibliotecas de nueva creación
Podrán solicitar estas ayudas económicas las asociaciones legalmente constituidas en Eivissa, bien sean de madres y padres de alumnos, de vecinos, culturales y de cualquier otro tipo, que quieran abrir un nuevo servicio de biblioteca pública y se responsabilicen de gestionarlo, integrándolo en la Red de Bibliotecas del Consell Insular.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se convocan ayudas económicas para la creación, el mantenimiento y la gestión de las bibliotecas de Eivissa durante el año 2009, con la intención de cumplir cualquiera de los siguientes objetivos:a) Mantener actualizado el fondo bibliográfico y audiovisual de las bibliotecas.
b) Dotar de mobiliario adecuado los servicios bibliotecarios.
c) Permitir el acceso a la información sea cual sea su soporte, impulsando la presencia de las nuevas tecnologías en las nuevas bibliotecas como punto de acceso a la información.
d) Fomentar los hábitos culturales, entre ellos, y sobre todo, el de la lectura.
e) Proporcionar a los ciudadanos un recurso de ocio y recreo.
Podrán concederse ayudas en las siguientes modalidades:
Modalidad A): Bibliotecas de la Red de Bibliotecas del Consell Insular d’Eivissa.
Únicamente serán objeto de subvención los gastos ocasionados por:
- La adquisición de fondo bibliográfico y/o audiovisual.
- El pago del personal bibliotecario.
- El funcionamiento de los servicios bibliotecarios: cuota de conexión a Internet.
Modalidad B): Bibliotecas municipales.
Únicamente serán objeto de subvención los gastos ocasionados por:
La adquisición de fondo bibliográfico y/o audiovisual.
Modalidad C): Bibliotecas de nueva creación
Únicamente serán objeto de subvención los gastos ocasionados por:
- La adquisición de fondo bibliográfico y/o audiovisual.
- La adquisición de mobiliario para la biblioteca.
- La adquisición de equipos informáticos y de reproducción audiovisual y multimedia para la biblioteca, que garanticen el acceso a la información y a los contenidos de la biblioteca.
- El pago del personal bibliotecario.
- La difusión de la biblioteca.
Documentos asociados
Boletín:
02/06/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Solicitud Descargar Documento
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 79
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Solicitud Descargar Documento