Ayudas economicas para la realizacion de acciones estrategicas formativas que se desarrollen por parte de las empresas de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administracion de Lanbide.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S39591/14Norma:
RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 19/09/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases para el año 2014 de las ayudas económicas para el desarrollo de acciones de formación (acciones estratégicas de formación) programadas por las empresas de la Comunidad Autónoma del País Vasco dirigidas a la mejora de las competencias y cualificaciones de sus personas trabajadoras.Categorías Subvención
- Cooperación empresarial
- Formación
Localización del organismo gestor
País Vasco
Convoca:
Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– La ayuda total máxima resultante no podrá superar, en 1,5 veces para grandes empresas y en 5 veces para las empresas de menor tamaño, el montante anual de la cuota de formación profesional de la empresa en la Comunidad Autónoma del País Vasco, a excepción de las empresas cooperativas, cuyas personas socias trabajadoras coticen en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, donde la cantidad que se tomará en consideración a efectos del cálculo de la ayuda total máxima será el resultado de multiplicar el número de personas trabajadoras de que dispone la empresa por la bonificación media por personas trabajadoras establecida con carácter general para las empresas de nueva creación de más de 5 personas trabajadoras (65 euros).A efectos del cálculo de la ayuda se considerará la plantilla del titular en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
2.– La subvención que se conceda a cada solicitante tendrá el carácter de ayuda máxima y se determinará:
a) Multiplicando su número de horas, por el número de participantes y por el importe del módulo correspondiente.
b) A continuación, se llevará a cabo la valoración técnica del plan, que determinará el porcentaje de la ayuda máxima financiable atendiendo a los tramos que se establezcan a la vista de las solicitudes presentadas y la cuantía de los fondos disponibles.
c) En el caso de que los recursos económicos destinados a la financiación de esta convocatoria no fueran suficientes para la cobertura de todas las subvenciones a conceder, el reparto se llevará a cabo mediante prorrateo.
3.– En los supuestos en los que no se aplique la regla de minimis, la cuantía final de la ayuda quedará fijada en el momento de la liquidación de la subvención, aplicando las intensidades máximas establecidas en la normativa comunitaria que resulte de aplicación (anexo I).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Autónomos
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas y grupos de empresa en los términos contemplados en la presente convocatoria y pueden participar en las acciones formativas sus personas trabajadoras.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las acciones formativas deberán ser impartidas en alguna de estas modalidades: presencial, no presencial o mixta.a) Se entiende por formación presencial aquella que tiene lugar en un aula, con la presencia de profesorado, que transmite los mismos conocimientos y en el mismo tiempo a un grupo de alumnos y alumnas, independientemente del tipo de recursos didácticos que utilice.
b) Se entiende por formación no presencial aquella en la que los participantes acomodan los ritmos de su aprendizaje a su disponibilidad individual, contando a tal fin con un tutor o tutora/profesor o profesora, con el fin de resolver sus dudas y comprobar sus progresos, complementando así los contenidos de los materiales utilizados.
Documentos asociados
Boletín:
01/08/2014
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 145
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 145
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento