Ayudas económicas para la realización de proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños, así como de promoción de conductas saludables en estos ámbitos de actuación, en el ejercicio 2024.

Código de ayuda:

S21591/24

Norma:

ORDEN de 8 de octubre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de noviembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1.– Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente Orden las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro, que realicen proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños de adicciones, y de promoción de conductas saludables en este ámbito de actuación durante el año 2024, y que además, cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes registros o censos administrativos, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las subvenciones.

b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público o interés social.

c) Desarrollar su actividad preferentemente dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

d) Adecuación a las normas y programación de la Administración.

e) Sometimiento de sus proyectos y presupuestos al control de los poderes públicos.

2.– A los efectos de la presente orden, se considerarán proyectos de prevención o reducción de riesgos y daños y de promoción de conductas saludables en el ámbito de las adicciones, aquéllos que instrumenten acciones cuya finalidad sea:

a) Promoción de la educación para la salud.

b) Disminuir los daños asociados a las adicciones.

c) Lograr reducir el abuso de drogas así como de conductas adictivas.

d) Promover la máxima información y capacitación a las personas usuarias de drogas legales e ilegales o que presenten una adicción sin sustancia.

e) Sensibilización social y de apoyo, tales como la coordinación de recursos, la planificación, el diseño y la promoción de la participación de agentes comunitarios.

3.– Quedan excluidas de esta línea de ayudas y se regirán por la orden correspondiente:

a) Los proyectos que tengan por finalidad la prevención, control o reducción de riesgos y daños del VIH/sida.

b) Los proyectos dirigidos a personas con VIH/sida.

c) Los proyectos de prevención, control o reducción de riesgos y daños que tengan como objeto la dispensación de material para un consumo de menor riesgo (intercambio de jeringuillas...).

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Salud (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Departamento de Salud podrá financiar hasta el 75 % del presupuesto que resulte aprobado en la forma establecida en el artículo anterior. Por presupuesto que resulte aprobado se entiende el presupuesto total del proyecto presentado, que ha de considerarse adecuado y ajustado a las acciones descritas en el proyecto solicitado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a las ayudas, únicamente entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro,
que realicen proyectos de prevención y reducción de riesgos y daños de adicciones, y de promoción de conductas saludables en este ámbito de actuación durante el año 2024.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– A los efectos de la presente Orden, se considerarán proyectos de prevención o reducción de riesgos y daños y de promoción de conductas saludables en el ámbito de las adicciones, aquellos que instrumenten acciones cuya finalidad sea:

a) Promoción de la educación para la salud.

b) Disminuir los daños asociados a las adicciones.

c) Lograr reducir el abuso de drogas, así como de conductas adictivas.

d) Promover la máxima información y capacitación a las personas usuarias de drogas legales e ilegales o que presenten una adicción sin sustancia.

e) Sensibilización social y de apoyo, tales como la coordinación de recursos, la planificación, el diseño y la promoción de la participación de agentes comunitarios.

2.– Quedan excluidas de estas ayudas:

a) Los proyectos que tengan por finalidad la prevención, control o reducción de riesgos y daños del VIH/sida.

b) Los proyectos dirigidos a personas con VIH/sida.

c) Los proyectos de prevención, control o reducción de riesgos y daños que tengan como objeto la dispensación de material para un consumo de menor riesgo (intercambio de jeringuillas...).

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente o los correspondientes registros o censos administrativos, al menos con un año de antelación a la convocatoria de las
subvenciones.

b) Carecer de ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica de asociación, fundación, cooperativa de iniciativa social u otra de carácter no lucrativo, y promover la consecución de un fin público o interés social.

c) Desarrollar su actividad preferentemente dentro de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

d) Adecuación a las normas de la Administración.

e) Sometimiento de sus proyectos y presupuestos al control de los poderes públicos.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 247
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/10/2024
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 201
Documento: Convocatoria 2024 y Anexos Descargar Documento