Ayudas, en concurrencia competitiva, para el fomento y apoyo a las agrupaciones forestales de gestión conjunta, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia de España financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y se convocan para el año 2025 (código deprocedimiento MR608F).

Código de ayuda:

S08682/25

Norma:

ORDEN de 20 de marzo de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de junio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases que regulan las ayudas para acciones de fomento y apoyo a las agrupaciones forestales de gestión conjunta, en régimen de concurrencia competitiva, y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MR608F).

La finalidad de esta orden es establecer una medida de fomento para la creación de agrupaciones forestales de gestión conjunta (en adelante, AFGC) y para apoyar las ya constituidas e inscritas en el correspondiente registro, a través de dos líneas de ayudas:

Línea I: ayudas para la creación de agrupaciones forestales de gestión conjunta mediante cualquiera figura jurídica de naturaleza civil o mercantil, que promueva, impulse y ponga en marcha iniciativas de gestión conjunta sostenible y diversificada de terrenos dedicados a la actividad forestal. Según el tipo de AFGC podemos tener ayuda para:

– Línea I-bas: ayudas para la creación de agrupaciones forestales de gestión conjunta básica (en adelante, AFGC-básica).

– Línea I-ter: ayudas para la creación de agrupaciones forestales de gestión conjunta con base territorial (en adelante, AFGC-territorial).

Línea II: ayudas para el apoyo de las agrupaciones forestales de gestión conjunta ya creadas e inscritas en el correspondiente registro, a fin de dar el necesario soporte de carácter logístico, operativo e integral que precisan.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Calidad
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1.Serán entidades beneficiarias de la línea I (ayudas para creación de AFGC):

– Asociaciones sin ánimo de lucro constituidas para el auxilio, apoyo y asesoramiento a las personas propietarias o titulares de los derechos de aprovechamiento de terrenos en la planificación de la gestión forestal y en la gestión y comercialización conjunta de sus aprovechamientos, siempre que estén compuestas por personas titulares de los indicados derechos dentro de la Comunidad Autónoma de Galicia.

– Sociedades civiles y comunidades de bienes.
– Cooperativas y otras entidades de economía social.
– Sociedades agrarias de transformación
– Sociedades mercantiles reguladas en la legislación de sociedades de capital.
– Sociedades de fomento forestal.

2. Serán entidades beneficiarias de la línea II todas aquellas agrupaciones forestales de gestión conjunta con base territorial inscritas en el Registro de Agrupaciones Forestales de Gestión Conjunta establecido en el artículo 126 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, con anterioridad al final del plazo de solicitud de esta ayuda.

Documentos asociados

Boletín: 08/04/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 68
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/04/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 68
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 ( Extracto) Descargar Documento