Ayudas en el marco del Programa de desarrollo rural de Cataluña 2014-2020 para la participación (operación 03.01.01) y para las actividades de información y promoción de los programas de calidad de los alimentos (operación 03.02.01).- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S33582/16

Norma:

ORDEN ARP/225/2016, de 18 de agosto. RESOLUCIÓN ARP/2024/2016, de 29 de agosto. RESOLUCIÓN ARP/1421/2017, de 13 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de julio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las ayudas es dar apoyo a los productores que disfrutan de un distintivo comunitario de
denominación de origen protegida (DOP) e indicación geográfica protegida (IGP), inscritos en el registro
comunitario correspondiente e incluidas las vitivinícolas, los productores de la producción agraria ecológica (PAE) y los de la producción integrada (PI).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En el caso de la operación 1:

a) De acuerdo con el Programa de Desarrollo Rural de Cataluña 2014-2020, la cuantía máxima de las
subvenciones concedidas por explotación es de 3.000,00 euros el año.

b) El porcentaje de ayuda será del 100% del importe de las actuaciones previstas al apartado 3.1 de estas bases reguladoras.

c) El importe mínimo de la ayuda por solicitante será de 400 euros.

En el caso de la operación 2:

a) El importe máximo de la ayuda será de 100.000 euros por persona beneficiaria.

b) El porcentaje de ayuda será del 60% del gasto subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. A la participación por primera vez de los agricultores/as activos/as y agrupaciones de agricultores/as en un programa de calidad de los alimentos, de ahora en adelante, operación 1 (operación 03.01.01 del PDR 2014-2020).

2. A la organización de actividades de información y promoción de los programas de calidad de los alimentos, de ahora en adelante, operación 2 (operación 03.02.01 del PDR 2014.2020).

Requisitos:

1 Para la operación 1, ayudas para la participación programas de calidad de los alimentos:

a) Son personas beneficiarias los agricultores/as activos/as, de acuerdo con el artículo 8 del Real decreto
1075/2014, de 19 de diciembre de 2014, y agrupaciones de agricultores/as que participan por primera vez, a
partir del 1 de enero de 2014, en un programa de calidad de los alimentos.

b) Son solicitantes y perceptoras de estas ayudas los Consejos Reguladores que representan los agricultores/as y los ganaderos/as inscritos en el programa de calidad.

2 Para la operación 2, ayudas para las actividades de información y promoción, pueden ser beneficiarias y
solicitantes de estas ayudas los consejos reguladores y las federaciones de consejos reguladores de los
programas de calidad de los alimentos.

Documentos asociados

Boletín: 26/08/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7192
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
Boletín: 08/09/2016
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7201
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento
Boletín: 22/06/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7396
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento