Ayudas en forma de garantía de operaciones de préstamo destinadas a la financiación de las necesidades de liquidez derivadas de la COVID-19 (ICF Deportes Liquidez).

Código de ayuda:

S34746/20

Norma:

RESOLUCIÓN PRE/1647/2020, de 8 de julio. RESOLUCIÓN PRE/1750/2020, de 17 de julio. RESOLUCIÓN PRE/1562/2021, de 20 de mayo. RESOLUCIÓN PRE/3607/2021, de 30 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 300.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La ayuda tiene por finalidad garantizar el préstamo que las entidades detalladas en la base reguladora 3
pueden solicitar al ICF para dar cobertura a sus necesidades inmediatas de tesorería o para hacer frente a sus obligaciones a corto plazo (con vencimiento no superior a un año), y contribuir a la reactivación de la actividad habitual que desarrollaban con anterioridad al 14 de marzo de 2020.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Presidencia (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Importe del préstamo: con carácter general, un mínimo de 20.000 euros y un máximo de 300.000 euros
por titular.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades deportivas

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de esta línea de ayudas en forma de garantía las entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de la Generalidad de Cataluña en la fecha de finalización del plazo de
presentación de las solicitudes, que justifiquen encontrarse ante una necesidad repentina de liquidez como
consecuencia del brote del COVID-19 y que se acredita con la presentación de la documentación establecida en la base 7.2.b), c), d), e), f) y g).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas concedidas por el Consejo Catalán del Deporte consisten en otorgar una garantía del 100% del
riesgo de cada operación de préstamo formalizada con el ICF (principal, intereses ordinarios y de demora, y gastos), siempre con sujeción al límite máximo señalado en la convocatoria de las ayudas.

Documentos asociados

Boletín: 10/07/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8174
Documento: Bases Reguladoras 2020 Descargar Documento
Boletín: 23/07/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8184
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 25/05/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8417
Documento: Modificación I Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/12/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8559
Documento: Modificación II Bases Reguladoras Descargar Documento