Ayudas, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones, a planes de distribución de largometrajes cinematográficos.

Código de ayuda:

S04273/21

Norma:

RESOLUCIÓN CLT/555/2021, de 26 de febrero. RESOLUCIÓN CLT/639/2021, de 4 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Del 15 de marzo al 29 de abril de 2021, ambos inclusive.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 500.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir convocatoria para la concesión de ayudas a planes de distribución de largometrajes cinematográficos,
en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades de aportaciones reintegrables y subvenciones.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden presentar solicitudes las empresas audiovisuales privadas distribuidoras independientes.

Requisitos:

a) Tener solvencia económica y técnica contrastada. Se considerará que no tiene solvencia económica si el
balance de la empresa del último ejercicio cerrado presenta fondos propios negativos. En caso de que el
solicitante acredite variaciones patrimoniales posteriores que supongan una mejora de la situación económica de la empresa, podrá considerarse que tiene solvencia económica.

En el caso de empresarios personas físicas, se entiende que no tienen solvencia económica si los rendimientos de la actividad económica, al efecto del IRPF, no son positivos.

b) Haber distribuido como mínimo cinco largometrajes cinematográficos en el territorio español en los tres años anteriores al de concesión de la ayuda, o poder demostrar que los profesionales directivos de la empresa vinculados al proyecto tienen una trayectoria y experiencia contrastadas en actividades similares.

En el caso de convocatorias de estas ayudas que se concedan durante el año 2021, en caso de que la empresa justifique no haber podido distribuir con normalidad en el año 2020 debido a la pandemia o fuerza mayor, podrá alcanzar este requisito con el cómputo de largometrajes cinematográficos distribuidos en los tres años anteriores a 2020.

c) Participar a riesgo y ventura en el proyecto objeto de la ayuda.

d) En su caso, estar inscritas en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro
administrativo de empresas cinematográficas y audiovisuales gestionado por el ICAA (Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales).

e) Mantener las condiciones de trabajo pertinentes del personal laboral, de acuerdo con la normativa laboral y social aplicable.

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8355
Documento: Bases específicas 2021 Descargar Documento
Boletín: 12/03/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8363
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento