Ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para los ejercicios 2022 a 2024, correspondientes al programa de Promoción del talento: agentes de innovación, incorporación de investigadores y tecnólogos para proyectos de innovación en empresas y doctorandos empresariales.

Código de ayuda:

S22600/22

Norma:

DECRETO 9/2018, de 30 de mayo. Resolución de 7 de abril de 2022. Resolución de 20 de mayo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 16 de junio de 2022. (antes de las 14:00 horas)

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Puesta en marcha de una red de agentes de innovación en universidades, centros de investigación y asociaciones empresariales y otras entidades de apoyo a la innovación para promover la explotación del conocimiento y su transferencia hacia las empresas.

Sublíneas de ayuda.-

Sublínea 1.1 Contratación por las entidades beneficiarias de personas cuya función será favorecer la investigación aplicada y orientada a resultados, el trasvase del conocimiento hacia las empresas, así como promover una colaboración estable y a largo plazo entre los universos industrial/empresarial y Científico/universitario.

Sublínea 1.2 Mantenimiento del agente de innovación.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Agencia Valenciana de la Innovación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la consideración de entidades beneficiarias las incluidas en la línea 1. Agentes de Innovación del artículo 32 de las bases reguladoras:

Universidades públicas y privadas sin ánimo de lucro integradas en la Red de Universidades Valencianas para el Fomento de la Investigación, el Desarrollo y la Innovación (RUVID).

Centros tecnológicos inscritos en el registro de centros regulado por el Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

Institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el Real decreto 279/2016, de 24 de junio, sobre acreditación de Institutos de Investigación Biomédica o Sanitaria y normas complementarias.

Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas con el Sistema Valenciano de Salud según el artículo 7 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de salud de la
Comunitat Valenciana que desarrollen actividad investigadora.

Otros centros públicos de I+D dependientes o vinculados a las administraciones públicas y sus organismos.

Otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D y generen conocimiento científico o tecnológico.

Cualesquiera otras personas jurídicas del Sistema Valenciano de Innovación, públicas o privadas sin ánimo de lucro que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o
tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación.

No obstante, cuando la entidad beneficiaria sea una entidad privada sin ánimo de lucro que realice actividades de I+D y genere conocimiento científico o tecnológico, o cualesquiera otras personas jurídicas del SVI, públicas o privadas sin ánimo de lucro, que faciliten la creación, difusión, aplicación o transferencia del conocimiento científico o tecnológico a las empresas o presten servicios a las mismas en materia de apoyo a la innovación, deberá tener definida en sus estatutos la I+D como actividad principal y disponer de medios técnicos y humanos propios cualificados con capacidad para la ejecución de tales actividades.

En el caso de la sublínea 1.2 (mantenimiento) la entidad debe haber sido beneficiaria de ayuda en la línea de Agentes de Innovación de convocatorias anteriores, siempre y cuando la ejecución del proyecto finalice en el ejercicio 2021.

Documentos asociados

Boletín: 07/06/2018
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8312
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 12/04/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9318
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 12/04/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9318
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 26/05/2022
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9348
Documento: Modificación Convocatoria Descargar Documento