Ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las galerías de arte radicadas en la Región de Murcia 2025.
Código de ayuda:
S27682/24Norma:
Resolución de 13 de diciembre de 2024. Orden de 27 de mayo de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de enero de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Resolución tiene por objeto convocar ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, a galerías de arte de la Región de Murcia para colaborar en los gastos de asistencia a ferias, exposiciones, salones alternativos de interés comercial, así como todo tipo de iniciativas, proyectos, eventos o actos, que promocionen su sector y a los artistas de la Región, y que se celebren durante el año2025 fuera de la Región, tanto a nivel nacional como internacional.
A los efectos de esta Resolución se entiende por galerías de arte los establecimientos abiertos al público que tengan como actividad principal la exposición y promoción de obras de arte con finalidad comercial y que cumplan los requisitos establecidos en esta Resolución.
Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Empleo
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Turismo, Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser personas beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas o jurídicas titulares de las galerías de arte que en el momento de la presentación de su solicitud cumplan los siguientes requisitos:¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen y abonen en el plazo de ejecución establecido en la presente convocatoria. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.Las subvenciones se concederán para cubrir gastos tales como desplazamientos, acreditaciones, alquiler y montaje de stand, transporte, seguro y embalaje de obra u afines de similar naturaleza y los derivados de las acciones llevadas a cabo por las Galerías. De igual modo resultará subvencionable los gastos derivados de la justificación mediante aportación de informe auditor para los supuestos que establezca el artículo 19 de la presente resolución.
Requisitos:
a) Residencia a efectos fiscales y sede social en la Región de Murcia.b) Situación en alta en el epígrafe 615 del Impuesto de Actividades Económicas, su epígrafe 6 “Galerías de Arte”, con una antigüedad mínima de dos años en el momento de la presentación de la solicitud.
c) Programen en su actividad al menos un 50% de artistas originarios de la Región de Murcia y/o que residan legal y habitualmente en la Región.
d) Hallarse al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, así como con la Seguridad Social.
e) No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13 de la LGS y concordantes de la LSRM.
f) No tener obligaciones tributarias en período ejecutivo, ante esta Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que estén suspendidas o garantizadas.
Documentos asociados
Boletín:
01/06/2016
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 126
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
19/12/2024
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 293
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
19/12/2024
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 293
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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