Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para actuaciones encaminadas a la protección de los animales domésticos de compañía abandonados en Galicia y se convocan ayudas para el año 2025, destinadas a las entidades locales (código de procedimiento MT811A).

Código de ayuda:

S01255/25

Norma:

ORDEN de 20 de diciembre de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de septiembre de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas para actuaciones encaminadas a la protección de los animales domésticos de compañía abandonados en Galicia, relativas a la atención y cuidado de los animales domésticos de compañía que se encuentren en los centros de recogida autorizados y/o formen parten de colonias felinas reguladas en la Ley 4/2017, de 3 de octubre, así como en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, así como proceder a su convocatoria para el año 2025 (procedimiento MT811A), destinadas a las entidades locales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe asignado es de ochocientos cincuenta mil euros (850.000 €), sin perjuicio del incremento presupuestario que se pueda realizar con remanentes adicionales de acuerdo con las disponibilidades de crédito. En todo caso, las concesiones se limitarán a las disponibilidades presupuestaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales que en su ámbito territorial correspondiente presten el servicio de recogida y acogimiento de animales y/o la gestión de colonias felinas por sí mismas o asociadas, en régimen de gestión directa o indirecta mediante su contratación con empresas privadas autorizadas para ese fin.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Los gastos derivados del acto clínico para la esterilización quirúrgica de los animales con la doble finalidad de evitar su reproducción incontrolada y la promoción de su adopción.

b) Los gastos derivados del acto clínico para la identificación animal mediante la implantación de microchip, correspondiente inscripción en el Regiac y expedición de pasaporte sanitario, de acuerdo con lo recogido en la Ley 4/2017, de 3 de octubre, y en la Ley 7/2023, de 28 de marzo.

c) Los gastos derivados del mantenimiento de los animales derivados de la compra de alimento comercial seco y/o húmedo específico, con la finalidad de alcanzar un estado nutricional óptimo.

d) Los gastos derivados de la aplicación de las medidas profilácticas necesarias para garantizar el buen estado físico y sanitario del animal y la prevención de enfermedades infectocontagiosas, relativos a la vacunación preventiva y a la desparasitación externa e interna de los animales.

Documentos asociados

Boletín: 21/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 13
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento